Decreto
Decreto 590 de 2018
por el cual se adiciona el CapÃtulo 12 al TÃtulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Ã?nico Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto número 1074 de 2015, estableciéndose un Programa de Fomento para la Industria de Astilleros.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adiciónase El Capítulo 12 Al Título 1 De La Parte 2 Del Libro 2 Del Decreto Único Reglamentario Del Sector Comercio, Industria Y Turismo, Decreto Número 1074 De 2015, Estableciéndose Un Programa De Fomento Para La Industria De Astilleros, Cuyo Texto Es El Siguiente: Capítulo 12 Programa De Fomento Para La Industria De Astilleros Sección 1 Principios Generales Artículo 22Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las establecidas en los ordinales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las Leyes 7ª de 1991 y 1609 de 2013, y
- Mauricio Cárdenas SantamaríaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- María Lorena Gutiérrez BoteroLa Ministra de Comercio, Industria y Turismo