Artículo 1
Artículo único. Créese el empleo de Subjefe de la Sección 4.ª del Ministerio de Gobierno con la asignación mensual de cinto cincuenta pesos ($ 150), y nómbrase al Sr. Ismael Crespo para ocupar dicho puesto, en propiedad. Comuníquese y publíquese. Dado en Sopó (Departamento de Cundinamarca), á 9 de Enero de 1896. M. A. CARO. El Ministro de Gobierno, Rafael Reyes
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno