Micelio

decreto 2707 de 1953

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo primero. Suprímese el cargo de Secretario-Mecanógrafo dependiente de la Dirección de la Zona de Carreteras Nacionales de Bogotá.

Artículo 2

Artículo segundo. Créase el cargo de Mecanógrafa dependiente de la Dirección de la Zona de Carreteras Nacionales de Bogotá, con una asignación mensual de doscientos ochenta pesos ($ 280.00).

Artículo 3

Artículo tercero. Para desempeñar el cargo de Mecanógrafa dependiente de la Dirección de la Zona de Carreteras Nacionales de Bogotá, creado por el, artículo anterior, nómbrase a la señorita Lilia Acosta Vargas. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas