El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales y vista la solicitud de la Academia de Historia
Artículo 1
Artículo único . En la Imprenta Nacional y por cuenta del Gobierno se editará el folleto de "Historia y Antigüedades" tal como se ha venido haciendo hasta ahora. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público