Micelio

decreto 4178 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1

Artículo primero. Adscríbese a la Dirección Departamental de Higiene de Nariño la Campaña de Control y Estudio del Tifo Exantemático en ese Departamento (región fronteriza con el Ecuador).

Artículo 2

Artículo segundo. Termínase, a partir del primero de enero de 1950, la Campaña de Control y Estudio del Tifo Exantemático en el Departamento de Nariño que venía adelantándose en cooperación con, la Oficina Sanitaria Panamericana, de conformidad con el Decreto número 2372 de 1947.

Artículo 3

Artículo tercero. Los muebles, elementos de laboratorio, vacunas, útiles, etc. al servicio de la Campaña de Control y Estudio de Tifo Exantemático en la región fronteriza con el Ecuador, se entregarán, mediante actas debidamente legalizadas, al Director Departamental de Higiene de Nariño. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República