Micelio

decreto 857 de 1926

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Artículo 1El Señor J

º El señor J. H. Kraat, Operador de la estación radiotelegráfica de Cúcuta tiene derecho a las asignaciones que le señala el Decreto número 698, de 24 del mes de abril pasado, desde el día 15 de dicho mes.

Artículo 2Los Señores Salvador Ortega R

º Los señores Salvador Ortega R., Mecánico, y Luis F. Marcucci, Ayudante, tienen derecho a las asignaciones que les señala el citado Decreto número 698, desde el día 1º del presente mes.

Artículo 3Reconócese Sueldo A Francisco Roses Y Jesús Méndez, En Los Días Comprendidos Del 15 Al 30 De Abril Pasado, Que Sirvieron En La Estación Radiotelegráfica De Cúcuta, A Razón De $ 31 Y $ 7-20 Mensuales, Respectivamente, Sumas Que Les Pagaba La Compañía Marconi

º Reconócese sueldo a Francisco Roses y Jesús Méndez, en los días comprendidos del 15 al 30 de abril pasado, que sirvieron en la estación radiotelegráfica de Cúcuta, a razón de $ 31 y $ 7-20 mensuales, respectivamente, sumas que les pagaba la Compañía Marconi. Estas sumas serán imputadas al capítulo 62, artículo 687, del Presupuesto actual.

Artículo 4Derógase El Artículo 5º Del Decreto Número 698, De Fecha 24 De Abril Pasado

º Derógase el artículo 5º del Decreto número 698, de fecha 24 de abril pasado. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Correos y Telégrafos