Micelio

decreto 180 de 2008

2 artículos · lectura continua

El Ministro del Interior y de Justicia de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 29 del Decreto 2400 de 1968 y el artículo 97 de la Ley 489 de 1990

Artículo 1

º . Para efectos del inciso 2º del artículo 29 y del artículo 31 del Decreto 2400 de 1968 el Régimen de los Servidores de las Sociedades de Economía Mixta en las cuales el aporte de la Nación, entidades territoriales y entidades descentralizadas, sea igual o superior al noventa por ciento (90%) del capital social, es el de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado.

Artículo 2

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública