Micelio

decreto 271 de 1948

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en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios del Colegio Carrasquilla, de Quibdó, se distribuyen las siguientes partidas. Apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así:

Mensual total

Artículo 920Sueldos En Doce Meses, Enero A Diciembre: Rector $ 378

Artículo único. Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios del Colegio Carrasquilla, de Quibdó, se distribuyen las siguientes partidas. Apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así: Mensual total Mensual. Total

a)

Capítulo 75 artículo 920 Sueldos en doce meses, enero a diciembre: Rector $ 378.00 4.536.00 Secretario Habilitado 210.00 2.520.00 5 Profesores, Directores de Grupo, a $ 270.00 cada uno 1.350.00 16.200.00 Profesor interno de Educación Física, Ayudante de Disciplina 216.00 2.592.00 Profesor interno con especialidad en Trabajos Manuales y Dibujo 180.00 2.160.00 Capellán, Profesor de Religión 96.00 1.152.00 Médico, Profesor de Higiene 108.00 1.296.00 Dentista, Profesor de Higiene Bucal 84.00 1.008.00 Bibliotecaria 66.00 792.00 Portero Archivero 66.00 792.00 Mensual. Total. Mecanógrafa $ 66.00 792.00 Profesorado externo, a $ 2.40 la hora 540.00 6.480.00 Servicio doméstico, según distribución que haga el Rector 240.00 2.880.00 Profesor Director del Curso Preparatorio 210.00 2.592.00 Ecónomo 72.00 864.00 Enfermero 48.00 576.00 Carpintero 48.00 576.00. Totales $ 3.984.00 47.808.00

b)

Capítulo 75, articulo 921. Alimentación en diez meses, febrero a noviembre, así: De 20 alumnos becados y 14 empleados internos, a $ 32.00 cada uno $ 1.088.00 10.880.00 Del servicio doméstico, hasta 200.00 2.000.00 Sumas $ 1.288.00 12.880.00 Enero a diciembre: Para servicios de energía, agua, -aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, dotación, deportes, drogas, reparticiones, excursiones, arrendamientos y demás gastos del Colegio $ 1.260.00 15.120.00 Total 28.000.00 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional