Micelio

decreto 2415 de 1945

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1

El artículo 5° del Decreto número 83 del 19 de enero de 1945, quedará así:

Con cargo al Capítulo 44 artículo 475 del Presupuesto Nacional vigente, destinase la suma de quince mil pesos ($ 15.000), para que por el Departamento de Ingeniería Sanitaria del Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública, se hagan las adiciones y reparaciones que necesita el edificio de la Escuela Nacional Superior de Enfermeras.

Artículo 5Del Decreto Número 83 Del 19 De Enero De 1945, Quedará Así: Con Cargo Al Capítulo 44 Artículo 475 Del Presupuesto Nacional Vigente, Destinase La Suma De Quince Mil Pesos ($ 15

Artículo único. El artículo 5° del Decreto número 83 del 19 de enero de 1945, quedará así: Con cargo al Capítulo 44 artículo 475 del Presupuesto Nacional vigente, destinase la suma de quince mil pesos ($ 15.000), para que por el Departamento de Ingeniería Sanitaria del Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública, se hagan las adiciones y reparaciones que necesita el edificio de la Escuela Nacional Superior de Enfermeras.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social