Micelio

decreto 2018 de 1973

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Artículo 1Hacer Las Siguiente Distribución En El Presupuesto De Gastos De La Vigencia De 1972; Presupuesto De Funcionamiento

° Hacer las siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia de 1972; Presupuesto de Funcionamiento. MINISTERIO DE SALUD PUBLICA CAPITULO 231 Ministerio de Salud Pública Programa 252. Atención Médica. 203 - 352 - 412 - Articulo 2378. Departamento de Cundinamarca Ordinal 40. Para atender al funcionamiento de Centros y Puestos de Salud en el Departamento $414.911.00 Que se distribuye así

a)

Hospital San Rafael de la Mesa 114.911

b)

Hospital N. S. del Carmen, El Colegio 100.000

c)

Hospital N. S. del Carmen, Tabio 100.000

d)

Hospital San Vicente Fómeque 100.000 Total $ 414.911

Artículo 2Aclarase El Artículo 1° Del Decreto 1516 De Fecha 1° De Agosto De 1973, En El Sentido De Que La Construcción Y Dotación De Otras Instalaciones Corresponde Al Artículo 5901 Que En Aquella Providencia Se Omitió

° Aclarase el artículo 1° del Decreto 1516 de fecha 1° de agosto de 1973, en el sentido de que la construcción y dotación de otras instalaciones corresponde al artículo 5901 que en aquella providencia se omitió.

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El Presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.