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decreto 2705 de 2012

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Metrología (INM) con el fin de modificar su planta de personal presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública

Considerando · 2 motivos

Que el Instituto Nacional de Metrología (INM) con el fin de modificar su planta de personal presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;

Que el Instituto Nacional de Metrología (INM) para el propósito de modificar su planta de personal cuenta con la viabilidad presupuestal de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

Artículo 1A Partir Del 1° De Enero De 2013, Créanse En La Planta De Personal Del Instituto Nacional De Metrología (Inm) Los Siguientes Cargos: Número De Cargos Denominación Del Cargo Y Dependencia Código Grado Despacho Del Director General 1 (Uno) Asesor 1020 13 1 (Uno) Asesor 1020 12 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 13 Planta Global 3 (Tres) Profesional Especializado 2028 22 4 (Cuatro) Profesional Especializado 2028 20 7 (Siete) Profesional Especializado 2028 18 3 (Tres) Profesional Especializado 2028 17 5 (Cinco) Profesional Especializado 2028 16 12 (Doce) Profesional Especializado 2028 15 14 (Catorce) Profesional Especializado 2028 14 1 (Uno) Profesional Especializado 2028 12 2 (Dos) Profesional Universitario 2044 09 4 (Cuatro) Técnico Operativo 3132 13 2 (Dos) Técnico Administrativo 3132 07

°. A partir del 1° de enero de 2013, créanse en la planta de personal del Instituto Nacional de Metrología (INM) los siguientes cargos: Número de cargos Denominación del cargo y dependencia Código Grado DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL 1 (Uno) Asesor 1020 13 1 (Uno) Asesor 1020 12 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 13 PLANTA GLOBAL 3 (Tres) Profesional Especializado 2028 22 4 (Cuatro) Profesional Especializado 2028 20 7 (Siete) Profesional Especializado 2028 18 3 (Tres) Profesional Especializado 2028 17 5 (Cinco) Profesional Especializado 2028 16 12 (Doce) Profesional Especializado 2028 15 14 (Catorce) Profesional Especializado 2028 14 1 (Uno) Profesional Especializado 2028 12 2 (Dos) Profesional Universitario 2044 09 4 (Cuatro) Técnico Operativo 3132 13 2 (Dos) Técnico Administrativo 3132 07

Artículo 2El Director Del Instituto Nacional De Metrología (Inm) Mediante Resolución, Distribuirá Los Cargos De La Planta Global Y Ubicará Al Personal Teniendo En Cuenta La Estructura, Los Planes, Los Programas Y Las Necesidades De La Entidad

°. El Director del Instituto Nacional de Metrología (INM) mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará al personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades de la entidad.

Artículo 3Los Empleos Vacantes De La Planta De Personal Del Instituto Nacional De Metrología (Inm) Serán Provistos De Conformidad Con Las Disposiciones Vigentes Sobre La Materia, Previstas En La Ley 909 De 2004 Y El Decreto Número 1227 De 2005 Y Demás Normas Que Le Adicionen, Modifiquen O Sustituyan

°. Los empleos vacantes de la planta de personal del Instituto Nacional de Metrología (INM) serán provistos de conformidad con las disposiciones vigentes sobre la materia, previstas en la Ley 909 de 2004 y el Decreto número 1227 de 2005 y demás normas que le adicionen, modifiquen o sustituyan.

Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto Número 4888 De 2011 Y Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto número 4888 de 2011 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo
La Directora Jurídica del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargada de las funciones del Despacho de la Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública