Micelio

decreto 3094 de 1955

2 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO: Que en virtud del Decreto número 3518 de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República

Considerando · 2 motivos

Que en virtud del Decreto número 3518 de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República;

Que es conveniente dar a todos los Inspectores y Visitadores del Ministerio del Trabajo la calidad de Inspectores Nacionales, a fin de evitar las dificultades provenientes de la diversa clasificación que hoy existe;

Artículo 1

Artículo primero. A partir de la fecha, todos los Inspectores y Visitadores dependientes del Ministerio del Trabajo, tendrán el carácter de Inspectores Nacionales del Trabajo para los efectos legales a que haya lugar, quedando vigentes las asignaciones y, funciones actuales.

Artículo 2

Artículo segundo. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición, y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas