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decreto 3444 de 2010

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, los literales m) y n) del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de establecer su planta de personal, encontrándolo ajustado técnicamen

Considerando · 2 motivos

Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de establecer su planta de personal, encontrándolo ajustado técnicamente, emitiendo, en consecuencia, concepto previo favorable.

Que para los fines de este decreto se cuenta con el concepto de viabilidad presupuestal de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 1Las Funciones Propias Del Departamento Administrativo De La Presidencia De La República, Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Establece: N° De Cargos Denominación Del Empleo Código Grado Despacho Del Presidente De La República 1 (Uno) Presidente De La República 1000 - 2 (Dos) Secretario De Despacho 5550 - Despacho Del Vicepresidente De La República 1 (Uno) Vicepresidente De La República 1100 - 1 (Uno) Asesor 2210 13 1 (Uno) Asesor 2210 05 2(Dos) Asesor 2210 03 2 (Dos) Asesor 2210 01 1 (Uno) Profesional 3320 02 2 (Dos) Secretario Ejecutivo 5540 15 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5540 11 1 (Uno) Secretario 5530 08 6 (Seis) Auxiliar Administrativo 5510 03 Despacho Del Director Del Departamento 1 (Uno) Director De Departamento Administrativo 1190 - 2 (Dos) Asesor 2210 14 1 (Uno) Asesor 2210 05 1 (Uno) Asesor 2210 01 1 (Uno) Secretario De Despacho 5550 - 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5540 17 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5510 04 Despacho Del Subdirector General 1 (Uno) Subdirector General De Departamento Administrativo 1130 - 1 (Uno) Asesor 2210 14 1 (Uno) Asesor 2210 01 1 (Uno) Secretario De Despacho 5550 - Altas Consejerías Presidenciales 11 (Once) Alto Consejero Presidencial 1180 - 1 (Uno) Alto Comisionado 1170 - 1 (Uno) Alto Asesor De Seguridad Nacional 1165 1 (Uno) Director De Programa Presidencial 1145 - 1 (Uno) Consejero Auxiliar 1125 - 2 (Dos) Asesor 2210 14 6 (Seis) Asesor 2210 13 2 (Dos) Asesor 2210 10 4 (Cuatro) Asesor 2210 09 3 (Tres) Asesor 2210 05 3 (Tres) Asesor 2210 03 8 (Ocho) Asesor 2210 01 2 (Dos) Profesional Especializado 3330 12 2 (Dos) Secretario De Despacho 5550 - 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5540 17 6 (Seis) Secretario Ejecutivo 5540 15 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5540 14 1 (Uno) Secretario 5530 07 Secretarías Presidenciales 1 (Uno) Secretario Privado Del Presidente De La República 1160 - 1 (Uno) Secretario Jurídico De La Presidencia De La República 1160 - 1 (Uno) Secretario Del Consejo De Ministros 1160 - 2 (Dos) Secretario De La Presidencia De La República 1150 - 7 (Siete) Asesor 2210 14 3 (Tres) Asesor 2210 10 1 (Uno) Asesor 2210 09 1 (Uno) Asesor 2210 06 2(Dos) Asesor 2210 05 2 (Dos) Asesor 2210 03 4 (Cuatro) Asesor 2210 01 1 (Uno) Profesional Especializado 3330 11 2 (Dos) Profesional Especializado 3330 08 4 (Cuatro) Profesional 3320 07 3 (Tres) Profesional 3320 06 5 (Cinco) Profesional 3320 01 1 (Uno) Técnico 4410 02 2 (Dos) Secretario De Despacho 5550 - 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5540 15 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5540 11 Programas Presidenciales 5 (Cinco) Director De Programa Presidencial 1145 - 1 (Uno) Director De Programa Presidencial “colombia Joven” 1140 - 1 (Uno) Asesor 2210 07 2 (Dos) Asesor 2210 05 3 (Tres) Asesor 2210 03 8 (Ocho) Asesor 2210 01 1 (Uno) Profesional Especializado 3330 12 1 (Uno) Profesional Especializado 3330 11 1 (Uno) Profesional 3320 07 1 (Uno) Técnico 4410 06 1 (Uno) Técnico 4410 05 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5540 15 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5540 11 Casa Militar 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5540 17 Despacho Del Subdirector De Operaciones 1 (Uno) Subdirector De Operaciones De Departamento Administrativo 1130 - 1 (Uno) Asesor 2210 09 1 (Uno) Asesor 2210 05 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5540 15 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5540 14 Oficina De Planeación 1 (Uno) Jefe De Oficina 1120 09 1 (Uno) Asesor 2210 03 3 (Tres) Asesor 2210 01 1 (Uno) Profesional Especializado 3330 11 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5540 11 Oficina De Control Interno 1 (Uno) Jefe De Oficina 1120 09 1 (Uno) Asesor 2210 03 1 (Uno) Asesor 2210 01 1 (Uno) Profesional Especializado 3330 11 1 (Uno) Profesional Especializado 3330 08 1 (Uno) Secretario 5530 08 Oficina De Control Interno Disciplinario 1 (Uno) Jefe De Oficina 1120 09 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5540 15 Área Administrativa 1 (Uno) Jefe De Área 1110 09 1 (Uno) Asesor 2210 07 1 (Uno) Asesor 2210 05 7 (Siete) Asesor 2210 01 3 (Tres) Profesional Especializado 3330 11 1 (Uno) Profesional Especializado 3330 08 2 (Dos) Profesional 3320 01 9 (Nueve) Técnico 4410 06 4 (Cuatro) Técnico 4410 05 1 (Uno) Técnico 4410 03 1 (Uno) Técnico 4410 01 8 (Ocho) Secretario Ejecutivo 5540 17 2 (Dos) Secretario Ejecutivo 5540 15 2 (Dos) Secretario Ejecutivo 5540 14 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5540 12 3 (Tres) Secretario Ejecutivo 5540 11 9 (Nueve) Secretario 5530 08 8 (Ocho) Secretario 5530 07 9 (Nueve) Auxiliar Administrativo 5510 05 15 (Quince) Auxiliar Administrativo 5510 04 45 (Cuarenta Y Cinco) Auxiliar Administrativo 5510 03 51 (Cincuenta Y Uno) Conductor 5520 08 Área Financiera 1 (Uno) Jefe De Área 1110 09 4 (Cuatro) Asesor 2210 03 1 (Uno) Profesional Especializado 3330 12 2 (Dos) Profesional Especializado 3330 08 3 (Tres) Profesional 3320 07 3 (Tres) Profesional 3320 01 1 (Uno) Técnico 4410 05 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5540 15 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5540 14 Área De Contratos 1 (Uno) Jefe De Área 1110 09 2(Dos) Asesor 2210 05 1 (Uno) Asesor 2210 03 3 (Tres) Asesor 2210 01 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5540 15 Área De Talento Humano 1(Uno) Jefe De Área 1110 09 2(Dos) Asesor 2210 03 1(Uno) Asesor 2210 01 1 (Uno) Profesional Especializado 3330 11 1(Uno) Profesional 3320 02 1 (Uno) Técnico 4410 07 2 (Dos) Secretario Ejecutivo 5540 17 1 (Uno) Secretario 5530 08 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5510 03 Área De Información Y Sistemas 1(Uno) Jefe De Área 1110 09 1 (Uno) Asesor 2210 03 2 (Dos) Asesor 2210 01 1 (Uno) Profesional Especializado 3330 08 1 (Uno) Profesional 3320 06 1(Uno) Profesional 3320 01 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5540 15 2 (Dos) Secretario Ejecutivo 5540 11 1 (Uno) Secretario 5530 08 2 (Dos) Auxiliar Administrativo 5510 05 2 (Dos) Auxiliar Administrativo 5510 03 Planta Global 3 (Tres) Técnico 4410 07 11 (Once) Técnico 4410 05 1 (Uno) Técnico 4410 03 1 (Uno) Técnico 4410 02 4 (Cuatro) Técnico 4410 01 2 (Dos) Secretario Ejecutivo 5540 17 8 (Ocho) Secretario Ejecutivo 5540 15 2 (Dos) Secretario Ejecutivo 5540 14 3 (Tres) Secretario Ejecutivo 5540 12 11 (Once) Secretario Ejecutivo 5540 11 12 (Doce) Secretario 5530 08 6 (Seis) Secretario 5530 07 14 (Catorce) Auxiliar Administrativo 5510 05 12 (Doce) Auxiliar Administrativo 5510 04 28 (Veintiocho) Auxiliar Administrativo 5510 03

°. Las funciones propias del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece: N° de Cargos Denominación del Empleo Código Grado DESPACHO DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 1 (uno) Presidente de la República 1000 - 2 (dos) Secretario de Despacho 5550 - DESPACHO DEL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 1 (uno) Vicepresidente de la República 1100 - 1 (uno) Asesor 2210 13 1 (uno) Asesor 2210 05 2(dos) Asesor 2210 03 2 (dos) Asesor 2210 01 1 (uno) Profesional 3320 02 2 (dos) Secretario Ejecutivo 5540 15 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5540 11 1 (uno) Secretario 5530 08 6 (seis) Auxiliar Administrativo 5510 03 DESPACHO DEL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO 1 (uno) Director de Departamento Administrativo 1190 - 2 (dos) Asesor 2210 14 1 (uno) Asesor 2210 05 1 (uno) Asesor 2210 01 1 (uno) Secretario de Despacho 5550 - 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5540 17 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5510 04 DESPACHO DEL SUBDIRECTOR GENERAL 1 (uno) Subdirector General de Departamento Administrativo 1130 - 1 (uno) Asesor 2210 14 1 (uno) Asesor 2210 01 1 (uno) Secretario de Despacho 5550 - ALTAS CONSEJERÍAS PRESIDENCIALES 11 (once) Alto Consejero Presidencial 1180 - 1 (uno) Alto Comisionado 1170 - 1 (uno) Alto Asesor de Seguridad Nacional 1165 1 (uno) Director de Programa Presidencial 1145 - 1 (uno) Consejero Auxiliar 1125 - 2 (dos) Asesor 2210 14 6 (seis) Asesor 2210 13 2 (dos) Asesor 2210 10 4 (cuatro) Asesor 2210 09 3 (tres) Asesor 2210 05 3 (tres) Asesor 2210 03 8 (ocho) Asesor 2210 01 2 (dos) Profesional Especializado 3330 12 2 (dos) Secretario de Despacho 5550 - 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5540 17 6 (seis) Secretario Ejecutivo 5540 15 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5540 14 1 (uno) Secretario 5530 07 SECRETARÍAS PRESIDENCIALES 1 (uno) Secretario Privado del Presidente de la República 1160 - 1 (uno) Secretario Jurídico de la Presidencia de la República 1160 - 1 (uno) Secretario del Consejo de Ministros 1160 - 2 (dos) Secretario de la Presidencia de la República 1150 - 7 (siete) Asesor 2210 14 3 (tres) Asesor 2210 10 1 (uno) Asesor 2210 09 1 (uno) Asesor 2210 06 2(dos) Asesor 2210 05 2 (dos) Asesor 2210 03 4 (cuatro) Asesor 2210 01 1 (uno) Profesional Especializado 3330 11 2 (dos) Profesional Especializado 3330 08 4 (cuatro) Profesional 3320 07 3 (tres) Profesional 3320 06 5 (cinco) Profesional 3320 01 1 (uno) Técnico 4410 02 2 (dos) Secretario de Despacho 5550 - 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5540 15 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5540 11 PROGRAMAS PRESIDENCIALES 5 (cinco) Director de Programa Presidencial 1145 - 1 (uno) Director de Programa Presidencial “Colombia Joven” 1140 - 1 (uno) Asesor 2210 07 2 (dos) Asesor 2210 05 3 (tres) Asesor 2210 03 8 (ocho) Asesor 2210 01 1 (uno) Profesional Especializado 3330 12 1 (uno) Profesional Especializado 3330 11 1 (uno) Profesional 3320 07 1 (uno) Técnico 4410 06 1 (uno) Técnico 4410 05 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5540 15 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5540 11 CASA MILITAR 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5540 17 DESPACHO DEL SUBDIRECTOR DE OPERACIONES 1 (uno) Subdirector de Operaciones de Departamento Administrativo 1130 - 1 (uno) Asesor 2210 09 1 (uno) Asesor 2210 05 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5540 15 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5540 14 OFICINA DE PLANEACIÓN 1 (uno) Jefe de Oficina 1120 09 1 (uno) Asesor 2210 03 3 (tres) Asesor 2210 01 1 (uno) Profesional Especializado 3330 11 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5540 11 OFICINA DE CONTROL INTERNO 1 (uno) Jefe de Oficina 1120 09 1 (uno) Asesor 2210 03 1 (uno) Asesor 2210 01 1 (uno) Profesional Especializado 3330 11 1 (uno) Profesional Especializado 3330 08 1 (uno) Secretario 5530 08 OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO 1 (uno) Jefe de Oficina 1120 09 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5540 15 ÁREA ADMINISTRATIVA 1 (uno) Jefe de Área 1110 09 1 (uno) Asesor 2210 07 1 (uno) Asesor 2210 05 7 (siete) Asesor 2210 01 3 (tres) Profesional Especializado 3330 11 1 (uno) Profesional Especializado 3330 08 2 (dos) Profesional 3320 01 9 (nueve) Técnico 4410 06 4 (cuatro) Técnico 4410 05 1 (uno) Técnico 4410 03 1 (uno) Técnico 4410 01 8 (ocho) Secretario Ejecutivo 5540 17 2 (dos) Secretario Ejecutivo 5540 15 2 (dos) Secretario Ejecutivo 5540 14 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5540 12 3 (tres) Secretario Ejecutivo 5540 11 9 (nueve) Secretario 5530 08 8 (ocho) Secretario 5530 07 9 (nueve) Auxiliar Administrativo 5510 05 15 (quince) Auxiliar Administrativo 5510 04 45 (cuarenta y cinco) Auxiliar Administrativo 5510 03 51 (cincuenta y uno) Conductor 5520 08 ÁREA FINANCIERA 1 (uno) Jefe de Área 1110 09 4 (cuatro) Asesor 2210 03 1 (uno) Profesional Especializado 3330 12 2 (dos) Profesional Especializado 3330 08 3 (tres) Profesional 3320 07 3 (tres) Profesional 3320 01 1 (uno) Técnico 4410 05 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5540 15 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5540 14 ÁREA DE CONTRATOS 1 (uno) Jefe de Área 1110 09 2(dos) Asesor 2210 05 1 (uno) Asesor 2210 03 3 (tres) Asesor 2210 01 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5540 15 ÁREA DE TALENTO HUMANO 1(uno) Jefe de Área 1110 09 2(dos) Asesor 2210 03 1(uno) Asesor 2210 01 1 (uno) Profesional Especializado 3330 11 1(uno) Profesional 3320 02 1 (uno) Técnico 4410 07 2 (dos) Secretario Ejecutivo 5540 17 1 (uno) Secretario 5530 08 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5510 03 ÁREA DE INFORMACIÓN Y SISTEMAS 1(uno) Jefe de Área 1110 09 1 (uno) Asesor 2210 03 2 (dos) Asesor 2210 01 1 (uno) Profesional Especializado 3330 08 1 (uno) Profesional 3320 06 1(uno) Profesional 3320 01 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5540 15 2 (dos) Secretario Ejecutivo 5540 11 1 (uno) Secretario 5530 08 2 (dos) Auxiliar Administrativo 5510 05 2 (dos) Auxiliar Administrativo 5510 03 PLANTA GLOBAL 3 (tres) Técnico 4410 07 11 (once) Técnico 4410 05 1 (uno) Técnico 4410 03 1 (uno) Técnico 4410 02 4 (cuatro) Técnico 4410 01 2 (dos) Secretario Ejecutivo 5540 17 8 (ocho) Secretario Ejecutivo 5540 15 2 (dos) Secretario Ejecutivo 5540 14 3 (tres) Secretario Ejecutivo 5540 12 11 (once) Secretario Ejecutivo 5540 11 12 (doce) Secretario 5530 08 6 (seis) Secretario 5530 07 14 (catorce) Auxiliar Administrativo 5510 05 12 (doce) Auxiliar Administrativo 5510 04 28 (veintiocho) Auxiliar Administrativo 5510 03

Artículo 2El Director Del Departamento Administrativo De La Presidencia De La República, Mediante Resolución, Distribuirá Los Empleos De La Planta Global Y Ubicará El Personal Teniendo En Cuenta La Estructura, Los Planes, Programas Y Las Necesidades Del Servicio

°. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, mediante resolución, distribuirá los empleos de la planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, programas y las necesidades del servicio.

Artículo 3La Incorporación De Los Empleados A La Planta De Personal Que Se Establece En El Artículo 1° Del Presente Decreto, Se Efectuará Dentro De Los Treinta (30) Días Siguientes A La Fecha De Publicación Del Presente Decreto, De Acuerdo Con Las Normas Vigentes Sobre La Materia

°. La incorporación de los empleados a la planta de personal que se establece en el artículo 1° del presente decreto, se efectuará dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de publicación del presente decreto, de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia.

Artículo 4Los Empleados Públicos Del Departamento Administrativo De La Presidencia De La República, Continuarán Percibiendo La Remuneración Mensual Correspondiente A Los Empleos Que Desempeñan Actualmente, Hasta Tanto Se Produzca La Incorporación A La Nueva Planta De Personal Y Tomen Posesión Del Cargo

°. Los empleados públicos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.

Parágrafo

Los empleados Públicos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, que sean incorporados a cargos, cuyas asignaciones mensuales sean inferiores a las que perciben al momento de esta incorporación, continuarán percibiéndolas hasta tanto ocupen dichos cargos.

Artículo 5Los Cargos De Carrera Vacantes De La Planta De Personal Se Proveerán De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 8° Del Decreto 780 De 2005

°. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8° del Decreto 780 de 2005.

Artículo 6El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga El Decreto 4658 Del 27 Diciembre De 2006 Y Las Disposiciones Que La Modifiquen O Adicionen Y Le Sean Contrarias

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 4658 del 27 diciembre de 2006 y las disposiciones que la modifiquen o adicionen y le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, los literales m) y n) del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública