Micelio

decreto 1012 de 1993

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confieren los numerales 2 y 14 del artículo 189 de la Constitución Política

Artículo 1Suprímese En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Austria, Un Cargo De Auxiliar Administrativo 12 Pa, Con Una Asignación Básica Mensual De Mil Ochocientos Diez Y Seis Dólares Con 76/100 (Us$ 1

° Suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Austria, un cargo de Auxiliar Administrativo 12 PA, con una asignación básica mensual de mil ochocientos diez y seis dólares con 76/100 (US$ 1.816.76), actualmente ocupado por Jaker Ingerborg.

Artículo 2Créase En La Delegación De Colombia Ante La Organización De Estados Americanos, Oea, Con Sede En Washington, El Cargo De Tercer Secretario, Grado Ocupacional 01 Ex, Con Una Asignación Básica Mensual De Mil Ochocientos Dieciséis Dólares Con 76/100 (Us$ 1

° Créase en la Delegación de Colombia ante la Organización de Estados Americanos, OEA, con sede en Washington, el cargo de Tercer Secretario, grado ocupacional 01 EX, con una asignación básica mensual de mil ochocientos dieciséis dólares con 76/100 (US$ 1.816.76), y nómbrase para desempeñarlo provisionalmente a la doctora María Emma Ardila.

Artículo 3Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores

° Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 1° de junio de 1993. CESAR GAVIRIA TRUJILLO La Ministra de Relaciones Exteriores, Noemí Sanín de Rubio. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los numerales 2 y 14 del artículo 189 de la Constitución Política
La Ministra de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público