Artículo 1La Suma De Cincuenta Mil Pesos ($ 50
° La suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00) indicada en el ordinal b) del artículo 1° del Decreto 1351 de fecha 11 de mayo de 1959, para la construcción de un horno crematorio para basuras en la ciudad de Buenaventura, será invertida, en parte, en la compra de un vehículo automotor (volquete) que será utilizado en la construcción de la carretera y transporte de basura, tal como se establece en el segundo considerando de este Decreto, y en parte, en la construcción de la carretera que conduce al futuro horno crematorio.
Artículo 2En Los Términos Del Artículo Anterior I Queda Modificado El Ordinal B) Del Artículo 1° Del Decreto 1351 De 1959
Articulo 2° En los términos del artículo anterior i queda modificado el ordinal b) del artículo 1° del Decreto 1351 de 1959.