Micelio

decreto 3093 de 1953

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El Presidente de la República de Colombia
Considerando · 4 motivos

Que por Decreto número 3518 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional;

Que de conformidad con el artículo 13, parágrafo 3° de la Ley 6ª de 1945, los trabajadores tienen derecho a que se les hagan liquidaciones parciales de cesantía con destino a la adquisición de casa de habitación, o para libertarla de gravámenes;

Que por los Decretos-leyes números 1203 de 29 de mayo de 1951 y 0269 de 6 de febrero de 1953, fueron suspendidos en los Ferrocarriles Nacionales los anticipos de cesantía y jubilación hasta el último de diciembre de 1954;

Que es importante y necesario incrementar el desarrollo de planes de construcción de habitaciones para trabajadores ferroviarios, preferencialmente los que adelantan las Cooperativas Ferroviarias, con base de financiación en los anticipos de cesantía que correspondan a los adjudicatarios;

Artículo 1Del Decreto Número 1203 De 29 De Mayo De 1951 Y El Artículo 1° Del Decreto Número 0269 De 6 De Febrero De 1953, En Lo Que Se Refieren A La Suspensión, En Los Ferrocarriles Nacionales, De Los Anticipos De Cesantía

Artículo primero. Suspéndense el artículo 1° del Decreto número 1203 de 29 de mayo de 1951 y el artículo 1° del Decreto número 0269 de 6 de febrero de 1953, en lo que se refieren a la suspensión, en los Ferrocarriles Nacionales, de los anticipos de cesantía.

Artículo 2

Artículo segundo. El presente Decreto regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de. Comunicaciones, encargado del Ministerio de Agricultura
El Ministro de Obras Públicas