Micelio

decreto 176 de 1957

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Artículo 1

Articulo primero Adicionase los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nacion para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de dos millones ochocientos noventa y seis mil seiscientos ochenta y un pesos con veinte centavos ($ 2.896.681.20) moneda corriente, que se incorpora con imputación a los siguientes numerales:

Artículo 2

Articulo segund o, con base en los nuevos recursos fiscales de que trata el artículo anterior, abrese los siguientes créditos adicionales -suplementales-al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:

Artículo 3

Articulo tercero El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro Justicia, Mayor General
El Ministro de Agricultura encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público
El Ministro del Trabajo
El Ministro Publica
El Ministro de Fomento, Joaquín Vallejo Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Acción Nacional, Prospero Carbonell El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Publicas