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decreto 1322 de 2011

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que mediante el artículo 19 de la Ley 1393 de 2010, a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN-, se le asignó como función la administración de los derechos de explotación y gastos de administración sobre los juegos de suerte y azar explotados por entidades públicas del nivel nacional. Que mediante el Decreto 4

Considerando · 4 motivos

Que mediante el artículo 19 de la Ley 1393 de 2010, a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN-, se le asignó como función la administración de los derechos de explotación y gastos de administración sobre los juegos de suerte y azar explotados por entidades públicas del nivel nacional.

Que mediante el Decreto 4051 de 2008 se estableció la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95, 96 y 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de modificar su planta de personal, encontrándolo ajustado técnicamente y emitiendo, en consecuencia, concepto técnico favorable.

Que para los fines de este decreto, la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó certificado de viabilidad presupuestal.

Artículo 1Adiciónase La Planta De Personal De La Unidad Administrativa Especial Dirección De Impuestos Y Aduanas Nacionales Con Los Siguientes Empleos, Con Cargo Al Presupuesto De Gastos De Funcionamiento: Planta Global Número Del Empleo Denominación Del Empleo Código Grado 1 (Uno) Subdirector 506 04 4 (Cuatro) Inspector Iv 308 08 27 (Veintisiete) Gestor Iv 304 04 51 (Cincuenta Y Uno) Gestor Ii 302 02 46 (Cuarenta Y Seis) Analista V 205 05 8 (Ocho) Analista I 201 01 1 (Uno) Facilitador Iv 104 04 1 (Uno) Facilitador Ii 102 02

°. Adiciónase la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales con los siguientes empleos, con cargo al presupuesto de gastos de funcionamiento: PLANTA GLOBAL Número del empleo Denominación del empleo Código Grado 1 (Uno) Subdirector 506 04 4 (Cuatro) Inspector IV 308 08 27 (Veintisiete) Gestor IV 304 04 51 (Cincuenta y uno) Gestor II 302 02 46 (Cuarenta y seis) Analista V 205 05 8 (Ocho) Analista I 201 01 1 (Uno) Facilitador IV 104 04 1 (Uno) Facilitador II 102 02

Artículo 2Distribución De Los Empleos

°. Distribución de los empleos. El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, mediante resolución, distribuirá los empleos de la planta global de que trata el artículo anterior y ubicará al personal teniendo en cuenta la estructura, procesos, planes, programas y necesidades de la Entidad.

Artículo 3Vigencia

°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación, y estará sujeto a la viabilidad presupuestal concedida para la vigencia del mismo año y modifica en lo pertinente el numeral 1.2 del artículo 2° del Decreto 4051 de 2008.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Directora Departamento Administrativo de la Función Pública