en uso de sus facultades legales, y en desarrollo de los Decretos 0550 y 1678 de 1960, CONSIDERANDO: Que no se ha adoptado hasta el presente la Nomenclatura de Sueldos del Decreto 1678 de 1960, y disposiciones complementarias para los funcionarios de la Presidencia de la República con excepción de la Secretaría de Organización e Inspección de la Administración Pública
Considerando · 2 motivos
Que no se ha adoptado hasta el presente la Nomenclatura de Sueldos del Decreto 1678 de 1960, y disposiciones complementarias para los funcionarios de la Presidencia de la República con excepción de la Secretaría de Organización e Inspección de la Administración Pública;
Que de conformidad con el artículo 3° del Decreto 1678 de 1960, el Gobierno debe tomar las medidas necesarias para incorporar a la Nomenclatura y Escala de Sueldos en la adoptada al personal del Servicio Civil;
Artículo 1Establécese La Siguiente Planta Parcial Para La Presidencia De La República: Sección De Personal
°. Establécese la siguiente planta parcial para la Presidencia de la República: Sección de Personal. Clases: Grado 1 Analista de Personal II, (Jefe de Seción) 9 1 Analista de Personal I, 8 1 Oficinista II 4 A) Despacho del Presidente de la República. 1. Secretaria Privada. 1 Secretario Privado VI 13 1 Secretario Auxiliar IV 8 1 Secretario Auxiliar III 7 1 Mecanotaquígrafa III, 6 1 Oficinista II, 4 II Consejeros del Presidente. Secretarlos Auxiliares II 6 III. Casa Militar. 1 Secretario Auxiliar II 6 1 Oficinista II, 4 1 Choferes III, 5 1 Choferes II, 4 1 Ecónomo I 3 B) Secretaría General. I. Despacho del Secretario General. Secretario Auxiliar III, 7 Oficinista II, 4 II. Subsecretaría
Despacho del Subsecretario. 1. Analista de Personal I, 8 Revisores de documentos III, 8 Secretario Auxiliar II, 6 Oficinistas III, 5 Archivo y Biblioteca. Bibliotecólogo (Jefe de Grupo) II, 9 Bibliotecario III, 6 Bibliotecario. (Archivero) II, 5 Bibliotecarios II, 5 Encuadernadores IV, 5 Oficinista III, 5 c) Telecomunicaciones; 2 Telegrafistas Criptógrafos 8 3 Telefonistas V, 6 III Oficina Jurídica. 1 Asesor Jurídico (Jefe) III 14 1 Asesor Jurídico II, 13 1 Asesor Jurídico II, 13 1 Secretario Auxiliar II, 6 1 Oficinista III, 5 IV. Sección de Información y Prensa. Jefe de Sección VI, 12 Redactores II, 7 Secretario Auxiliar II, 6 Operadores de máquinas duplicadoras II, 5 Oficinista II, 4 V. Sección de Ejecución y Control del Presupuesto. I Contador. II, 7 VI. Sección de Administración. a) Jefatura de Sección 1 Jefe de Sección VI 12 1 Cotizador VI, 6 1 Secretario Auxiliar II 6 1 Oficinista II, 4
Pagaduría. 1 Pagador VI, 9 1 Auxiliar de Contabilidad III, 5
Almacén. I Almacenista VI 6 1 Ayudante de Almacén VI; 4
Alojamiento y Mantenimiento. 1 Electricista III 6 1 Auxiliar de Servicios Generales V, 5 1 Peluquero , 4 1 Auxiliar de Servicios Generales VI, 4 1 Pintor II 5 1 Mecánico I 3 1 Jardinero 1
Mecanotaquígrafa. 1 Mecanotaquígrafa (Jefe) III 6 2 Mecanotaquígrafas III 6 3 Mecanotaquígrafas II 5
Porteros y Mensajeros. 19. Auxiliares de Servicios Generales IV, 4
Camareros y Aseo: 1 Jefe de Grupo III 7 1 Ecónomo III, 5 19 Auxiliares de Servicios Generales III, 3
Automotores y Talleres. 1 Mecánico V 7 1 Mecánico III 5 2 Choferes, III 5 10 Choferes II 4 4 Motociclistas II, 4 3 Mecánicos I 3
Artículo 2En Desarrollo Del Artículo 14 Del Decreto 1732 De 1960, Y Previo Concepto Favorable, De La Comisión De Reclutamiento, Ascensos Y Disciplina, Rectasifica Se El Cargo De Subsecretario De La Presidencia De La República, Así: Subsecretario De La Presidencia De La República
°. En desarrollo del artículo 14 del Decreto 1732 de 1960, y previo concepto favorable, de la Comisión de Reclutamiento, ascensos y disciplina, rectasifica se el cargo de Subsecretario de la Presidencia de la República, así: Subsecretario de la Presidencia de la República. Subsecretario de la Presidencia de la República 13
Artículo 3La Planta De La Secretaria De Organización E Inspección De La Administración Pública Continuará Rigiéndose Por Las Disposiciones Contenidas En El Decreto 2949 De 1960, Por El Artículo 12 Del Decreto 1709 De 1960
°. La planta de la Secretaria de Organización e Inspección de la Administración Pública continuará rigiéndose por las disposiciones contenidas en el Decreto 2949 de 1960, por el artículo 12 del Decreto 1709 de 1960.
Artículo 4Los Cargos De Consejeros Del Presidente De La República Y Sus Asignaciones Seguirán Sujetas A Las Normas Vigentes Y En Particular A Los Artículos 14 Del Decreto 0550 De 1960 Y 5° Y 23 Del Decreto 0890 De 1960
°. Los cargos de Consejeros del Presidente de la República y sus asignaciones seguirán sujetas a las normas vigentes y en particular a los artículos 14 del Decreto 0550 de 1960 y 5° y 23 del Decreto 0890 de 1960.
Artículo 5El Presente Decreto Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Junio De 1961
°. El presente Decreto surte efectos fiscales a partir del 1° de junio de 1961. Comuníquese y publíquese.