Micelio

decreto 175 de 1958

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en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO: Que en la madrugada del 2 de mayo de este año fue atacada por fuerzas regulares de la Policía Militar la casa de habitación del señor Brigadier General Juan B. Córdoba A., ubicada en esta ciudad en la calle 93, número 14-49, y se causaron daños de consideración en el edificio, muebles, enseres, objetos de uso personal, etc.

Considerando · 2 motivos

Que en la madrugada del 2 de mayo de este año fue atacada por fuerzas regulares de la Policía Militar la casa de habitación del señor Brigadier General Juan B. Córdoba A., ubicada en esta ciudad en la calle 93, número 14-49, y se causaron daños de consideración en el edificio, muebles, enseres, objetos de uso personal, etc.

Que por disposición del señor Juez Cuarto de Instrucción Criminal los peritos, doctores Bernardo Obando y Oscar Mejía Soto, verificaron el avalúo de los expresados daños, los que estimaron en la suma de cincuenta y cinco mil cuatrocientos noventa y tres pesos con ochenta y cinco centavos ($ 55.493.85);

Artículo 1Reconócese A Favor Del Señor Brigadier General Juan B

°. Reconócese a favor del señor Brigadier General Juan B. Córdoba A., la cantidad de cincuenta y cinco mil cuatrocientos noventa y tres pesos con ochenta y cinco centavos ($ 55,493.85) moneda corriente, por concepto de los perjuicios que se le ocasionaron con el ataque a su casa de habitación en la madrugada del dos de mayo pasado por fuerzas regulares al servicio del Estado.

Artículo 2Autorizase Al Ministerio De Obras Públicas Para Que Pague Al Señor Brigadier General Juan B

Quedan suspendidas todas las disposiciones contrarias a las del presente Decreto, el cual rige desde su fecha.

Artículo 3Quedan Suspendidas Todas Las Disposiciones Contrarias A Las Del Presente Decreto, El Cual Rige Desde Su Fecha

°. Quedan suspendidas todas las disposiciones contrarias a las del presente Decreto, el cual rige desde su fecha. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo. Raimundo Emiliani Román . - E1 Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas