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decreto 174 de 1958

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en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO Que el establecimiento del subsidio familiar tiene por objeto básico la defensa integral de la familia

Considerando · 3 motivos

Que el establecimiento del subsidio familiar tiene por objeto básico la defensa integral de la familia;

Que el suministro de la vivienda a la familia es factor decisivo para la tranquilidad social, y;

Que es deber del Gobierno Nacional procurarla por todos los medios a su alcance;

Artículo 1Derogado

º Derogado.

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 28/05/1958 – 02/03/2021

Artículo 1º El artículo 19 del Decreto Legislativo número 0118 de 1957, quedará así: "Artículo

19. El subsidio familiar es inembargable, salvo en juicios de alimentos, instaurados por las personas a quienes se deben por la ley, y en aquellos que contra adjudicatarios de sus viviendas siga el Instituto de Crédito Territorial por razón de cuotas de amortización vencidas y sus correspondientes intereses. Tampoco podrá compensarse ni deducirse, pero las Cajas podrán abstenerse de pagarlos a los trabajadores de aquellos patronos que estén en mora en sus obligaciones. En los casos a que se refiere la primera parte del

inciso anterior, las Cajas de Compensación Familiar podrán servir como depositarias". Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 19 DECRETO 118 de 1957

Artículo 2Derogado

º Derogado.

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 28/05/1958 – 02/03/2021

Artículo 2º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y suspende las disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública, Juan Pablo Llinás . - El Ministerio de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas