Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La
° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la. Nación para la vigencia fiscal de 1974, con la cantidad de cuatrocientos mil pesos ($ 400.000.00), moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 16 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporará con imputación al siguiente numeral: Presupuesto de-Rentas e Ingresos. CAPITULO XIII Recursos del Crédito. a) Recursos del Crédito Interno. Numeral 120. Emisión de Bonos, Ley 21 de 1963. $ 400.000 Suma el recurso $ 400.000
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrese El Siguiente Crédito Adicional, Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1974
° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional, al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974. Presupuesto de Funcionamiento. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. CAPITULO 136 Dirección General de Servicios Administrativos Programa 136. Servicios Administrativos. Bonos Ley 21 de 1963. Gastos generales. 106 111 219. Artículo 1448-B. Gastos varios e imprevistos $ 400.000 Suma el crédito adicional $ 400.000
Artículo 3La Cantidad De $ 400
° La cantidad de $ 400.000.00 para gastos varios gastos imprevistos de los Servicios Administrativos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, será entregada a la cooperativa de Empleados de dicha entidad, para que por su conducto se realice el programa navideño para los hijos de los empleados del Ministerio.
Artículo 4Se Aclara Que Los Artículos 1556 Y 1559 Del Decreto Número 1677 De 1974 Corresponden A Intereses Y No A Amortización De La Deuda Pública
° Se aclara que los artículos 1556 y 1559 del Decreto número 1677 de 1974 corresponden a intereses y no a amortización de la Deuda Pública.
Artículo 5El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.