Micelio

decreto 404 de 1994

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confieren la Ley 33 de 1985 y el Decreto 1797 de 1988

Artículo 1Designase Como Representante De Los Empleados Del Congreso De La República, Ante La

° Designase como representante de los empleados del Congreso de la República, ante la. Junta Directiva del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República, al señor Pedro Pumarejo Vega, como principal, y al señor Diego Vivas Tafur, como suplente.

Artículo 2Desígnase Como Representante De Los Jubilados Del Congreso De La República, Ante La

° Desígnase como representante de los Jubilados del Congreso de la República, ante la. Junta Directiva del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República, al señor Gustavo Giraldo Serna, como principal, y a la señora Julieta Lara Abozaglo, como suplente.

Artículo 3El Período De Los Representantes De Les Empleados Y Jubilados Del Congreso De La República En La Junta Directiva Del Fondo De Previsión Social Del Congreso De La República Será De Dos (2) Años

° El período de los representantes de les empleados y jubilados del Congreso de la República en la Junta Directiva del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República será de dos (2) años.

Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá. D. C., a 18 de febrero de 1994, CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Luis Femando Ramírez Acuña.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren la Ley 33 de 1985 y el Decreto 1797 de 1988
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social