en uso de las facultades que le confiere la Ley 93 de 1948
Artículo 1
° . A partir del 1° de enero de 1950 suprímase el siguiente personal del fijado para la Policía Nacional por Decreto 3036 de 1949: Sección Primera de la Intendencia. Almacenista 1° $ 300.00 Sección Segunda Sanidad. Especialista Urólogo 400.00 Especialista Traumatólogo 400.00 Especialista de Organos de los Sentidos 400.00 Especialista Vías Respiratorias 400.00 Radiólogo 400.00 Ayudante del Radiólogo 250.00 Sección Sexta Caja, Contabilidad y Presupuesto. a)Jefe de Sección 600.00 b)Contador Primero 450.00 Departamento de Investigación Criminal Jefe Departamento, Comandante Jefe 800.00 Personal de Carrera 2 Comandantes Jefes 1.600.00 5 Comandantes 3.250.00 4 Comisarios Jefes 2.000.00 1 Comisario 400.00 1Sub-comisario a prueba 280.00 Suma $ 11.930.00
Artículo 2A Partir De La Misma Fecha Créanse Los Siguientes Cargos En La Dirección General, Departamento De Servicios Administrativos, Departamento De Investigación Criminal Y División De Bogotá: Dirección General 3 Mecanógrafos Primeros A $180 $ 540
° A partir de la misma fecha créanse los siguientes cargos en la Dirección General, Departamento de Servicios Administrativos, Departamento de Investigación Criminal y División de Bogotá: Dirección General 3 Mecanógrafos Primeros a $180 $ 540.00 Departamento de Servicios Administrativos. Intendencia: Almacenista General 380.00 1 Contador segundo 380.00 1 Adjunto de Kárdex 220.00 Sección Segunda - Sanidad 2 Especialistas de Rogarnos de los sentidos, a $ 500 cada uno 1.000.00 1 Especialista Urólogo 500.00 1 Especialista Traumatólogo 500.00 1 Radiólogo 500.00 1 Ayudante del Radiólogo 250.00 1 Ayudante del Urólogo 250.00 2 Enfermeros Urólogos a $ 190 380.00 1 Ayudante de Laboratorio 210.00 Sección Sexta Presupuesto, Contabilidad y Control Jefe de Presupuesto 800.00 Sub-Jefe de Ordenación y Control 650.00 Contador Primero 480.00 2 Contadores a $ 400 cada uno 800.00 2 Oficiales de Giros a $ 350 700.00 1 Oficial de Cuentas 250.00 1 Oficial de Contratos y Pedidos 300.00 1 Cartero mensajero 140.00 Departamentos de Investigación Criminal Jefe del Departamento 1.000.00 División Bogotá 2 Odontólogos Segundos a $ 350 700.00 1 Abogado Asesor 500.00 1 Adjunto de Correspondencia 220.00 Suma $ 11.930.00
Artículo 3Este Decreto Rige Desde El 1° De Enero De 1950
° Este Decreto rige desde el 1° de enero de 1950. Comuníquese y cúmplase.