DecretoVigente
Decreto 1011 de 1979
Por el cual se Reglamenta la ley 128 de 1963
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Ministerio De Relaciones Exteriores Adoptará Las Providencias Necesarias Para Instalar En El Palacio De Márquez De Valdehoyos Las Oficinas Adecuadas Para El Funcionamiento De La Sede Del Ministerio En La Ciudad De Cartagena, Conforme Al Artículo 1º De La Ley 128 De1963 Y Aquellas Otras Que Convengan Al Servicio Exterior De La República2Los Gastos Que Demande El Cumplimiento De Lo Dispuesto En El Artículo Anterior Se Afectuarán Con El Cargo A La Cuenta De "fondos Especiales" Del Ministerio De Relaciones Exteriores, Reglamentada Por Los Decretos Números 2093 De 1975, 662 De 1978 Y 1508 De 19783Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Modifica Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03