Artículo 1
Artículo único. Durante la licencia por enfermedad concedida, al titular señor José Luis Mejía Ocampo, encargase del puesto de Ingeniero IV, grado 13, Jede del Distrito de Obras Públicas Nacionales de Bolívar, al Ingeniero (Jefe) III, grado 12, de la Sección de Construcción de Carreteras del mismo Distrito, Señor Raimundo Méndez Torralba. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la Republica de Colombia, en uso de sus facultades legales
El Ministro de Obras Públicas