Micelio

decreto 3089 de 1952

2 artículos · lectura continua

Artículo 1Amplíase A Treinta (30) Días, Contados A Partir Del Cinco (5) De Diciembre Al Cuatro (4) De Enero Del Próximo Año, El Término Señalado A La Comisión Redactora Para La Entrega Del Proyecto De Estatuto Del Trabajador Público A Que Se Refieren Los Decretos Números 1958 Y 2097 Del Corriente Año

° Amplíase a treinta (30) días, contados a partir del cinco (5) de diciembre al cuatro (4) de enero del próximo año, el término señalado a la Comisión Redactora para la entrega del proyecto de Estatuto del Trabajador Público a que se refieren los Decretos números 1958 y 2097 del corriente año.

Artículo 2Para Dar Cumplimiento Al Presente Decreto, El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Efectuara Los Traslados Necesarios Dentro Del Presupuesto Vigente Del Ministerio Del Trabajo

° Para dar cumplimiento al presente Decreto, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público efectuara los traslados necesarios dentro del Presupuesto vigente del Ministerio del Trabajo. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro del Trabajo