Artículo 1
Desde el día 1.° de Abril del corriente año disfrutarán los Jueces 1.°, 2.°, 3.° y 4.° del Circuito de Bogotá, en lo civil, de la asignación de ciento cuarenta pesos mensuales ($ 140). Publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno