Micelio

decreto 3087 de 1959

3 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales

Artículo 1De La Partida Apropiada En El Capítulo 586, Artículo 5989 Del Presupuesto Vigente, Para Estudios Y Construcción De Puentes En Diferentes Carreteras Del País, Según Distribución Que Se Hará Posteriormente, Inclusive El Puente Sobre El Río Badillo (Ley 13 De 1938), Hácese La Siguiente Distribución: Capitulo 586 Artículo 5989

° De la partida apropiada en el Capítulo 586, artículo 5989 del Presupuesto vigente, para estudios y construcción de puentes en diferentes carreteras del país, según distribución que se hará posteriormente, inclusive el puente sobre el río Badillo (Ley 13 de 1938), hácese la siguiente distribución: CAPITULO 586 Artículo 5989. Ordinal 50. Para el Puente Araújo, en la carretera del Carare. 317.140.75 Ordinal 51. Para el Puente Paso Real, sobre el río Cauca, en la carretera Medellín-Turbo. 82.200.00 Ordinal 52. Para el Puente Cravo, Sur, en la carretera del Sarare 11.000.00

Artículo 2Adiciónanse Los Siguientes Ordinales Correspondientes Al Capítulo 586, Artículo 5989 Del Presupuesto Vigente

° Adiciónanse los siguientes ordinales correspondientes al Capítulo 586, artículo 5989 del Presupuesto vigente. Ordinal 11. Para el Puente Gambote, sobre el Canal del Dique 7.000.00 Ordinal 15. Para el "Puente Mausa y El Muerto, en la carretera Socotá-Jericó 45.905.33 Comuníquese y publíquese.

Artículo 5989

De la partida apropiada en el Capítulo 586, artículo 5989 del Presupuesto vigente, para estudios y construcción de puentes en diferentes carreteras del país, según distribución que se hará posteriormente, inclusive el puente sobre el río Badillo (Ley 13 de 1938), hácese la siguiente distribución:

CAPITULO 586

Artículo 5989.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas