Artículo 1
Artículo primero. Se autoriza la importación, por conducto de la Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero, con exención de derechos de aduana, de impuesto de giros y de depósito previo, de los artículos que a continuación se enumeran y que fueron obsequiados para efectos, de divulgación y experimentación en las granjas oficiales de Palmira y Medellín 20 folletos sobre cultura de lotos. 12 folletos sobre cultura de pasto Kudzu. 20 folletos sobre cultivo de alfalfa. 64 toneladas de semillas de maíz amarillo desgranado. 16 toneladas de trigo hard-winter. 5 toneladas de salvado de trigo. 11 toneladas de sorgo en grano. 18 toneladas de comida de frijol de soya. 3 toneladas de leche seca descremada. 2 toneladas de comida de alfalfa deshidratada. 1 tonelada de piedra caliza. 1 tonelada de sal mineralizada y yodada, trace. 1 tonelada de comida especial de huesos esterilizados. 200 litros de alimentos a base de úrea.
Artículo 2
Artículo segundo. Autorizase a la Corporación de Defensa de Productos Agrícolas para llevar a cabo la importación, con exención de derechos de Aduana, de impuesto de giros y de depósito previo, de los siguientes productos: 62.500 toneladas de trigo. 16.000 toneladas de azúcar. 6.000 toneladas de harina de trigo y sémolas. 250 toneladas de algodón. Comuníquese y publíquese.