en uso de sus facultades legales
Artículo 1Apruébese El Acuerdo Número 326 Del 2 De Diciembre De 1980, Por El Cual La Junta Directiva Del Instituto Colombiano Para El Fomento De La Educación
º. Apruébese el Acuerdo número 326 del 2 de diciembre de 1980, por el cual la Junta Directiva del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación. Superior, determinó la organización y funciones del Servicio Nacional de Pruebas, cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 326 DE 1980 (diciembre 2) por el cual se determinan la organización y funciones del Ser vicio Nacional de Pruebas. La Junta Directiva del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y. en especial de las que le confiere el artículo 99, numeral 19 del Estatuto General, ACUERDA:
Artículo 1De Conformidad Con El Artículo 11 Del Decreto Extraordinario 8í De 1980 El Servicio Nacional De Pruebas Es Una Unidad Administrativa Especial Del Icfes Dependiente De La Dirección General, Que Funcionará Con La Autonomía
º. De conformidad con el artículo 11 del Decreto extraordinario 8Í de 1980 el Servicio Nacional de Pruebas es una Unidad Administrativa Especial del ICFES dependiente de la Dirección General, que funcionará con la autonomía .administrativa que l e señala el presente Acuerdo. Al Servicio le corresponde el diseño y administración de métodos e instrumentos de evaluación individual y global del proceso educativo.
Artículo 2Son Funciones Del Servicio Nacional De Pruebas: 1
º. Son funciones del Servicio Nacional de Pruebas
Fijar los criterios para la correcta elaboración, administración e interpretación de los exámenes que realice.
Realizar los exámenes de Estado requeridos para
El ingreso a la Educación Superior;
La verificación de Conocimientos y destrezas para la expedición de títulos de Educación superior cuando los estudios hayan sido adelantados en instituciones cuya aprobación no esté vigente;
Habilitar a profesionales con título universitario para el ejercicio de profesiones afines, .de acuerdo con los decretos reglamentarios que se expidan;
La convalidación de títulos de educación superior obtenidos en el extranjero y. la homologación de materias allí mismo cursadas, cuando el ICFES lo considere pertinente;
Los demás exámenes que el Gobierno establezca en desarrollo de lo dispuesto en el literal e) del artículo 18 del Decreto extraordinario 81 de 1980.
Efectuar pruebas de seguimiento académico de los alumnos de educación, básica y. media, a solicitud del Ministerio de Educación Nacional.
Efectuar los exámenes de validación de educación básica y media que autorice el Ministerio de Educación Nacional y .en su nombre expedir los títulos correspondientes.
Establecer y divulgar los requisitos y los procedimientos para la presentación pruebas, y expedir las certificaciones del caso.
Asesorar a las instituciones de Educación Superior en la realización de Pruebas adicionales a los aspirantes que hayan obtenido el puntaje mínimo requerido en los exámenes de Estado.
Llevar el registro de los alumnos admitidos a los diferentes programas de educación superior y de los requisitos de admisión para cada uno de estos.
Informar periódicamente al Ministerio de Educación Nacional sobre la calidad académica de los planteles de educación básica y media, »con base en los resultados de las pruebas correspondientes.
Adelantar investigaciones para perfeccionar los instrumentos .de medición y la utilización. e interpretación de los mismos, en coordinación con entidades del sector educativo.
Establecer y mantener relaciones, con entidades similares.
Cumplir las demás funciones que le señale la Junta Directiva y el Director del Instituto.
Para efectos de los exámenes de Estado, el ICFES podrá con autorización de la Junta Directiva, suscribir convenios con instituciones de Educación Superior.
Artículo 3La Estructura Orgánica Del Servicio Nacional De Pruebas Es La Siguiente; 1
°. La estructura orgánica del Servicio Nacional de Pruebas es la siguiente
Dirección de la Unidad.
División de Investigación y Diseño de Pruebas. 2.1. Sección de Investigación. 2.2. Sección de Diseño. 2.3. Sección de Promoción y Asesoría.
División de Administración de Pruebas. 3.1. Sección de Exámenes. 3.2. Sección de Sistemas y Certificaciones. 3.3. Sección de Servicios Especiales.
Comité de. Coordinación Interna.
Artículo 4El Director De La Unidad Tiene A Su Cargo La Dirección Del Ser Vicio Nacional De Pruebas, De Acuerdo Con Las Políticas Y Procedimientos Señalados Por La J U N T A Directiva
º. El Director de la Unidad tiene a su cargo la dirección del Ser vicio Nacional de Pruebas, de acuerdo con las políticas y procedimientos señalados por la J u n t a Directiva. y el Director del Instituto. El Director, del Servicio Nacional de Pruebas tendrá el nivel de Subdirector. General, de establecimiento Público.
Artículo 5Son Funciones Del Director De La Unidad, Las Siguientes: 1
º. Son funciones del Director de la Unidad, las siguientes
Cumplir y hacer cumplir las normas ilegales y reglamentarías relacionadas con el Servicio Nacional de Pruebas.
Proponer a la Dirección del Instituto las políticas que deben orientar al Servicio.
Definir los criterios para la correcta elaboración, administración e interpretación de los exámenes que realice.
Elaborar y presentar al Director del ICFES, para su aprobación, la programación de actividades.
Dirigir, evaluar y controlar el funcionamiento general del Servicio y presentar al Director del. ICFES los informes respectivos.
Coordinar. con las respectivas dependencias del Instituto la preparación del, anteproyecto anual de presupuesto del Servicio así como sus adicciones y modificaciones y los acuerdos mensuales de gastos.
Determinar los turnos de trabajo de acuerdo con las necesidades.
Proponer el programa anual de compras de la Unidad.
Elaborar y presentar di Director del ICFES, para, consideración, de la Junta Directiva, los proyectos de acuerdo sobre tarifas que deban cobrarse por la prestación de servicios.
Acordar con las instituciones que soliciten los servicios, las condiciones de prestación de los mismos.
Firmar los diplomas de bachiller que por delegación del Ministerio de Educación Nacional expida el Servicio Nacional de Pruebas.
Establecer y mantener relaciones con entidades similares.
Informar periódicamente al Ministerio de Educación Nacional sobre la calidad académica de los planteles de Educación Básica y Media, con basé en los resultados de las pruebas correspondientes.
Presentar periódicamente, a la Dirección del Instituto informes financieros.
Salvo las excepciones legales, podrá delegar hasta el nivel de Jefe de Sección la función o. funciones a él asignarías, y que considere necesarias para el normal funcionamiento de la Unidad.
Las demás que le asignen la Junta Directiva y el Director del ICFES.
Artículo 6Corresponde A La División De Investigación Y Diseño De Pruebas, Realizar Y Promover Las Investigaciones Propias Del Servicio Y Diseñar Y Elaborar Los Instrumentos De Medición Y Evaluación Que Se Requieran Para El Cumplimiento De Los Programas Del Servicio
º. Corresponde a la División de Investigación y Diseño de pruebas, realizar y promover las investigaciones propias del Servicio y diseñar y elaborar los instrumentos de medición y evaluación que se requieran para el cumplimiento de los programas del Servicio.
Artículo 7Son Funciones De 1
º. Son funciones de 1.a Sección de Investigación
Efectuar investigaciones que permitan establecer criterios y pautas que sirvan de orientación al sector educativo.
Adelantar estudios de seguimiento de los usuarios de los distintos tipos de exámenes.
Las demás que le sean asignadas por el Director de la Unidad y para el Jefe de la División y estén acordes con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 8Son Funciones De 1a Sección De Diseño: 1) Desarrollar Las Pruebas Y Otros Instrumentos De Medición Y Evaluación Que El Servicio Requiera
°. Son funciones de 1a Sección de Diseño: 1) Desarrollar las pruebas y otros instrumentos de medición y evaluación que el Servicio requiera. 2. Elaborar manuales y guías destinados a la. orientación y capacitación de. los usuarios. 3. Las demás que le sean asignadas por él Director de la Unidad y por el Jefe de la División y estén acordes con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 9Son Funciones De La Sección De Promoción Y Asesoría 1
°. Son funciones de la Sección de Promoción y Asesoría
Organizar, coordinar seminarios y eventos para dar información sobre los programas del Servicio, los métodos y técnicas de evaluación y selección.
Divulgar publicaciones didácticas con destino a los usuarios.
Asesorar a las instituciones usuarias en lo relacionado con la interpretación de los resultados de los exámenes.
Asesorar a las instituciones de Educación Superior en la realización de pruebas adicionales a los aspirantes que. Hayan obtenido el puntaje mínimo requerido en los exámenes de Estado.
Las demás que le sean asignadas por el Director de Unidad y por el Jefe de la División y estén acordes con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 10Correspondí A La División De Administración De Pruebas, Realizar Las Actividades Necesarias Para La Edición, Organización Y Producción De Resultados Y Estadísticas De Los Exámenes, Que Administre El Servicio
Correspondí a la División de Administración de Pruebas, realizar las actividades necesarias para la edición, organización y producción de resultados y estadísticas de los exámenes, que administre el Servicio.
Artículo 11Son Funciones De La Sección, De Exámenes; 1
Son funciones de la Sección, de Exámenes
Establecer y divulgar los requisitos y los procedimientos para la presentación de los exámenes.
Programar y efectuar los diferentes exámenes.
Seleccionar el personal que para el desempeño. de labores esporádicas o cíclicas requiera el Servicio.
Recibir y analizar las informaciones que las instituciones de Educación Superior, están obligadas a suministrar, en lo relacionado con sus sistemas de admisiones y registro de nuevos estudiantes.
Las demás que le sean asignadas por el Director de la Unidad y por él Jefe de la División y estén acordes con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 12Son Funciones De La Sección De Sistemas Y Certificaciones: 1
Son funciones de la Sección de Sistemas y Certificaciones
Diseñar y programar sistemas de información y utilización de los da tos necesarios para el cumplimiento de sus programas.
Procesar los datos, calificar los exámenes y producir los informes que se requieran.
Expedir las certificaciones sobre los resultados de los exámenes.
Mantener los archivos y producir las series estadísticas qué demande 1a labor del Servicio y suministrarlas a la dependencia correspondiente del Instituto.
Llevar el registro de los alumnos admitidos a los diferentes .programas de Educación Superior.
Las demás que le sean asignadas por el Director de la Unidad y por el Jefe de la División y estén acordes con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 13Son Funciones De La Sección De Servicios Especiales: 1
Son funciones de la Sección de Servicios Especiales
Diagramar, imprimir y producir el material de pruebas y las demás publicaciones que se requieran.
Organizar la custodia, del material de las pruebas y velar por la seguridad de aquel que sea confidencial.
Manejar la caja menor.
Llevar el estado de cuentas de recaudo y gastos de cada uno de los programas que se realicen y rendir informes a la dependencia correspondiente del Instituto.
Elaborar el proyecto de programa anual de compras y coordinar con la dependencia administrativa del ICFES el oportuno suministro de los elementos.
Manejar el su almacén del Servicio y rendir los informes correspondientes al Almacén General del Instituto.
Atender lo relacionado con los servicios de transporte, mensajería, archivo y correspondencia.
Las demás que le sean asignadas por el Director de la Unidad y por el Jefe de la División y estén acordes con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 14Con El Objeto De Coordinar Las Actividades Del Servicio Nacional De Pruebas Funcionará Un Comité De Coordinación Interna, Conformado Por El Director De La Unidad, Quien Lo Presidirá, Y Por Los Jefes De División Y De Sección De La Misma
Con el objeto de coordinar las actividades del Servicio Nacional de Pruebas funcionará un Comité de Coordinación Interna, conformado por el Director de la Unidad, quien lo presidirá, y por los Jefes de División y de Sección de la misma.
Artículo 15El Presupuesto Del Servicio Nacional De Pruebas Constituirá Un Capítulo Especial Dentro Del Presupuesto Del Icfes
El presupuesto del Servicio Nacional de Pruebas constituirá un capítulo especial dentro del presupuesto del ICFES.
Artículo 16Créase Un Fondo Especial Para El Pago Oportuno De Honorarios, Viáticos Y
Créase un Fondo Especial para el pago oportuno de honorarios, viáticos y. gastos de transporte del personal al servicio de la Unidad, cuya reglamentación será la pedida por el Director del Instituto de conformidad con las disposiciones sobre la materia. Para sufragar los gastos urgentes del Servicio, funcionará una caja menor, una cuantía será determinada por la Junta Directiva del Instituto.
Artículo 17El Presente Acuerdo Rige A Partir De La Fecha De Su Aprobación Por El Gobierno Nacional Comuníquese Y Cúmplase Dado En Bogotá A 2 De Diciembre De 1980; El Presidente (Fdo
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional Comuníquese y cúmplase
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partil De La Fecha De Su Expedición Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
º. El presente Decreto rige a partil de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.