en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 77 de 1966, corresponde al Gobierno Nacional distribuir las partidas que así lo requieran, liquidadas en el Presupuesto de Gastos, mediante decretos emanados del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección Nacional del Presupuesto, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos en el texto de cada aprop
Considerando · 3 motivos
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 77 de 1966, corresponde al Gobierno Nacional distribuir las partidas que así lo requieran, liquidadas en el Presupuesto de Gastos, mediante decretos emanados del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección Nacional del Presupuesto, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos en el texto de cada apropiación;
Que el Ministerio de Agricultura propuso la distribución de la partida correspondiente al Capítulo 1091, Programa 1091, artículo 10901, de su presupuesto de inversión para la vigencia fiscal de 1967, y;
Que el Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección Nacional del Presupuesto han estudiado y encontrado conveniente y ceñida a las disposiciones legales la distribución propuesta;
Artículo 1Hacer La Siguiente Distribución En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1967: Presupuesto De Inversión
°. Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967: Presupuesto de Inversión. MINISTERIO DE AGRICULTURA CAPITULO 1091 Rama Técnica. PROGRAMA 1091 Fomento Agropecuario. Inversión Directa. Recursos ordinarios. 406. 213, Artículo 10901. Para los Programas de Ganadería, Recursos Naturales, Cultivos y Extensión, mediante decretos de distribución, previo estudio del Ministerio de Agricultura, el Departamento Administrativo de Planeación y la Dilección Nacional del Presupuesto, $ 26.000.000.00. Proyecto
Coordinación central y administración de zonas, agropecuarias $ 3.765.818 Servicios personales. Numeral 1. Sueldos del personal de nómina $ 2.649.900 Numeral
Sueldos, del personal supernumerario 13.998 Numeral.3 Jornales 271.740 Numeral 4. Prima de Navidad $ 202.890 Numeral 5. Subsidio de transporte 58.125 Gastos generales. Numeral 6. Mantenimiento y aseguros 158.335 Numeral 7. Compra de equipo 35.420 Numeral 8. Viáticos y gastos de viaje 166.670 Numeral S. Servicios de comunicaciones 27.000 Numeral 10. Servicios públicos 27.000 Numeral 11. Materiales y suministros 150.000 Numeral 12. Gastos varios e imprevistos 4.740 Proyecto 2. Campañas Agrícolas $ 1.978.724 Servicios personales. Numeral 1. Sueldos del personal de nómina $ 1.010.520 Numeral 2. Jornales 487.458 Numeral
Prima de Navidad 100.556 Gastos generales. Numeral
Mantenimiento y aseguros 24.165 Numeral
Compra de equipo 200.000 Numeral
Viáticos y gastos de viaje 72.900 Numeral .7. Materiales y suministros 63.750 Numeral 8. Impresos y publicaciones 19.375 Proyecto 3. Campañas Ganaderas $ 6.129.345 Servicios personales. Numeral 1. Sueldos del personal de nómina $ 1.550.350 Numeral 2. Jornales 1.630.790. Numeral 3. Prima de Navidad 275.510 Gastos generales. Numeral 4. Mantenimiento y aseguros 559.625 Numeral 5. Compra de equipo 416.665 Numeral 6. Viáticos y gastos de viaje 931.625 Numeral
Materiales y suministros 306.455 Numeral
Impresos y publicaciones 41.665 Transferencias. Numeral
Convenio Internacional con OIRSA 208.330 Numeral
Convenio Colombo-Ecuatoriano 208.330 Proyecto 4. Conservación Recursos Naturales $ 4.853.390 Servicios personales. Numeral 1. Sueldos del personal de nómina $ 1.134.300 Numeral 2. Jornales 776.235 Numeral 3. Prima de Navidad 159.210 Numeral 4. Prima de Alimentación 15.830 Gastos generales. Numeral 5. Mantenimiento y aseguros. 251.665 Numeral 6. Compra de equipo 250.000 Numeral 7. Viáticos y gastos de viaje. 146.500 Numeral 8. Servicios de comunicaciones 8.330 Numeral 9. Servicios públicos 8.330 Numeral 10. Materiales y suministros. 421.500 Numeral
Arrendamientos 33.330 Numeral
Construcción y dotación de viveros 125.000 Numeral
Compra terrenos, construcción y donación Centros Piscícolas 416.665 Numeral, 1.4. Construcción y reparación de canales 41.665 Transferencias. Numeral 15. Contrato C.V.M. 77.330 Numeral 16. Convenio Colombio-Alemán. Carare-Opón 437.500 Numeral 17. Proyecto Piloto Río Otún, Pereira 250.000 Proyecto 5: Extensión Agropecuaria $ 2.591.078 Servicios personales. Numeral 1. Sueldos del personal de nómina $ 990.850 Numeral 2. Jornales 132.465 Numeral 3. Prima de Navidad 93.610 Gastos generales. Numeral 4. Mantenimiento y aseguros. 125.000 Numeral 5. Compra de equipo 83.330 Numeral 6. Viáticos y gastos de viaje. 321.500 Numeral 7. Servicios de comunicaciones 12.500 Numeral 8.Servicios públicos 8.333 Numeral 9.Materiales y suministros 416.665 Numeral 10. Impresos y publicaciones. 45.830 Transferencias. Numeral 11. Aporte a la C.V.C. 205.330 Numeral 12. Contrato Uconal-Panal 41.665 Numeral 13. Escuela Superior de Administración Pública $ 120.00 Proyecto 6. Fondo de Fomento Agropecuario $ 6.981.645 Numeral 1. Campaña de Fomento Ovino $ 4.187.900 Numeral 2. Campaña de Fomento de Cacao 1.271.415 Numeral 3. Campaña de Fomento de Fibras 438.170 Numeral 4. Campaña de Fomento de Avenas y Forrajes 825.830 Numeral 5. Campaña de Fomento de Arroz 258.330
Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
Articulo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.