En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que han desaparecido las causas que motivaron la expedición del Decreto Legislativo número 1.º de 5 del mes en curso, por el cual se cerraron al comercio los puertos de Barranquilla y Puerto Colombia
Considerando · 1 motivo
Que han desaparecido las causas que motivaron la expedición del Decreto Legislativo número 1.º de 5 del mes en curso, por el cual se cerraron al comercio los puertos de Barranquilla y Puerto Colombia;
Artículo 1º Decláranse Abiertos Nuevamente Al Comercio Desde Esta Fecha Los Puertos De Barranquilla Y Puerto Colombia
º Decláranse abiertos nuevamente al comercio desde esta fecha los puertos de Barranquilla y Puerto Colombia.
Artículo 2º Queda Derogado El Decreto Legislativo Número 1
º Queda derogado el Decreto Legislativo número 1.º de 5 de Julio del presente año.
Artículo 3º Comuníquese Por Telégrafo Este Decreto A Los Gobernadores De Los Departamentos De Barranquilla, Cartagena Y Santa Marta Y Al Administrador De La Aduana De Barranquilla
º Comuníquese por telégrafo este Decreto a los Gobernadores de los Departamentos de Barranquilla, Cartagena y Santa Marta y al Administrador de la Aduana de Barranquilla. Publíquese.