Micelio

decreto 2 de 1898

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Artículo 1Durante La Ausencia De Los Sres

° Durante la ausencia de los Sres. Pedro Antonio Molina y Luis María Mejía Alvarez, nombrados respectivamente Ministros de Hacienda y del Tesoro, se encargarán de estos Ministerios, en el orden en que quedan expresados, el Sr. General Olegario Rivera, Ministro de la Guerra y el Sr. Felipe F. Paúl, Ministro de Relaciones Exteriores.

Artículo 2El Ministerio De Instrucción Pública Continuará Á Cargo Del Subsecretario Sr Diego Rafael De Guzmán Hasta La Fecha En Que Se Posesiones El Sr

° El Ministerio de Instrucción Pública continuará á cargo del Subsecretario Sr Diego Rafael de Guzmán hasta la fecha en que se posesiones el Sr. Tomás Herrán.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno