Artículo 1El Valor Del Aumento En Las Tarifas Del Servicio De Agua Decretado Por La Alcaldía De Barranquilla Por Medio De La Providencia Número 76 De 1950, Podrá Ser Dado En Garantía Para El Servicio De Empréstitos Internos O Externos Que Contrate El Municipio De Barranquilla Con Destino A La Ampliación Del Acueducto Municipal, O A Cualquier A Otra De Las Obras Que Adelanta El Mismo Municipio
° El valor del aumento en las tarifas del servicio de agua decretado por la Alcaldía de Barranquilla por medio de la providencia número 76 de 1950, podrá ser dado en garantía para el servicio de empréstitos internos o externos que contrate el Municipio de Barranquilla con destino a la ampliación del acueducto municipal, o a cualquier a otra de las obras que adelanta el mismo Municipio.
Artículo 2Autorízase Al Alcalde De Barranquilla Para Elevar El Impuesto Predial Hasta El Ocho Por Mil Al Año
° Autorízase al Alcalde de Barranquilla para elevar el impuesto predial hasta el ocho por mil al año. El valor del aumento se destinará exclusivamente a la construcción de un nuevo mercado público y de un matadero, o a garantizar y servir los empréstitos que contrate el Municipio para los mismos fines.
Artículo 3Quedan Suspendidas Las Disposiciones Contrarias Al Presente Decreto Que Rige Desde Su Expedición
° Quedan suspendidas las disposiciones contrarias al presente Decreto que rige desde su expedición. Comuníquese y publíquese.