Micelio

decreto 2014 de 1970

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que, por medio del numeral 3o del artículo 56 de la Ley 11 de 1969 se facultó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito. Que el Congreso Nacional solicitó y el Ministerio de Hacienda y Crédito Pú

Considerando · 4 motivos

Que, por medio del numeral 3o del artículo 56 de la Ley 11 de 1969 se facultó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito.

Que el Congreso Nacional solicitó y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público aprobó, por medio, de la Resolución número 11146 de 1970, el traslado de un saldo sobrante en su presupuesto de gastos de la vigencia fiscal en curso, con el objeto de incrementar otras apropiaciones que resultaron insuficientes, por un valor total de $ 310.561.00.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley Í675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 50 de 1970, por un valor igual al que se trata de transferir, y;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados Dentro Del Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1970: Presupuesto De Funcionamiento Contracrédito: Congreso Nacional Capítulo 001 Congreso Nacional Programa 001 Senado De La República Gastos Generales 106, 111, 213

°. Hácense los siguientes traslados dentro del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970: Presupuesto de Funcionamiento Contracrédito: CONGRESO NACIONAL Capítulo 001 Congreso Nacional Programa 001 Senado de la República Gastos generales 106, 111, 213. Artículo 0013. Impresos y publicaciones $ 310.561.00 Suma el contracrédito $ 310.561.00 Créditos Presupuesto de Funcionamiento CONGRESO NACIONAL Capítulo 001 Congreso Nacional Programa 001 Senado de la República Servicios personales 101, 111, 103. Artículo 0002. Sueldos del personal de nómina $ 288.906.00 Í02, 111, 117. Artículo 0004. Prima de Navidad 21.655.00 Suman los créditos $310.561.00

Artículo 2El Presente Decreto, Rige

°. El presente Decreto, rige .a partir de la fechas de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público