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decreto 3083 de 2002

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el Director General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de H

en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y CONSIDERANDO: Que la Superintendencia de Notariado y Registro presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998 y cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal número 1779 de 11 de febrero de 2002 expedido por el Director General del Presupuesto Público

Considerando · 1 motivo

Que la Superintendencia de Notariado y Registro presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998 y cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal número 1779 de 11 de febrero de 2002 expedido por el Director General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal;

Artículo 1Suprimir De La Planta De Personal De La Superintendencia De Notariado Y Registro, Establecida Mediante Decreto Número 1856 De 23 De Julio De 1997, Los Siguientes Empleos: No

°. Suprimir de la Planta de Personal de la Superintendencia de Notariado y Registro, establecida mediante Decreto número 1856 de 23 de julio de 1997, los siguientes empleos: No. de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado Despacho del Superintendente 1 (Uno) Superintendente 0030 23 Planta Global 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 16 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 11

Artículo 2Crear En La Planta De Personal De La Superintendencia De Notariado Y Registro, Establecida Mediante Decreto 1856 De 23 De Julio De 1997, El Siguiente Empleo: No

°. Crear en la Planta de Personal de la Superintendencia de Notariado y Registro, establecida mediante Decreto 1856 de 23 de julio de 1997, el siguiente empleo: No. de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado Despacho del Superintendente 1 (Uno) Superintendente 0030 25

Artículo 3

º . La incorporación del empleado al cargo creado en el artículo 21 de este decreto, se efectuará dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de su publicación.

Parágrafo

El empleado público vinculado a la Superintendencia de Notariado y Registro continuará percibiendo la remuneración mensual que venía devengando, hasta tanto se produzca la incorporación al nuevo cargo y tome posesión del mismo.

Artículo 4

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica, en lo pertinente el Decreto 1856 de 23 de julio de 1997, y demás disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y
El Ministro de Justicia y del Derecho
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública