Micelio

decreto 168 de 1957

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Artículo 1

Artículo primero Hacerse las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso;

Artículo 2

Artículo segundo Adicionanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nacional para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de cincuenta millones seiscientos noventa y tres mil trescientos sesenta y nueve pesos con dos centavos ($50.693.369.02) moneda corriente así;

Artículo 3

Artículo tercero Con base en el nuevo recurso fiscal de que trata el artículo anterior, abrase los siguientes créditos adicionales suplementarios y extra-ordinarios al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:

Artículo 4

Artículo cuarto, el presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y sustento todas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra encargado, Brigadier General
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Publica
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Publicas