Artículo 1
Artículo primero Hacerse las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso;
Artículo 2
Artículo segundo Adicionanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nacional para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de cincuenta millones seiscientos noventa y tres mil trescientos sesenta y nueve pesos con dos centavos ($50.693.369.02) moneda corriente así;
Artículo 3
Artículo tercero Con base en el nuevo recurso fiscal de que trata el artículo anterior, abrase los siguientes créditos adicionales suplementarios y extra-ordinarios al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:
Artículo 4
Artículo cuarto, el presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y sustento todas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese,