Micelio

decreto 139 de 1924

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Artículo 1Créase Un Instituto Nocturno De Comercio Para Obreros En El Mismo Barrio En Donde Estuvo El Año Pasa La Escuela Del Voto Nacional

° Créase un Instituto Nocturno de Comercio para obreros en el mismo barrio en donde estuvo el año pasa la Escuela del Voto Nacional.

Artículo 2El Instituto Funcionará Con El Siguiente Personal: Un Director, Con $ 25 Mensuales; Dos Profesores, A $ 20 Mensuales Cada Uno

° El Instituto funcionará con el siguiente personal: un Director, con $ 25 mensuales; dos Profesores, a $ 20 mensuales cada uno.

Artículo 3Los Estudios Del Instituto Se Harán, Por Ahora, Con El Siguiente Pensum: Aritmética (Dos Años)

Articulo 3° Los estudios del Instituto se harán, por ahora, con el siguiente pensum: Aritmética (dos años). Castellano y Ortografía (dos años). Contabilidad (dos años). Inglés (dos años). Geografía (dos años)

Parágrafo

Semanalmente dará el Director tres conferencias sobre Religión e Instrucción Cívica.

Parágrafo

La clase de Mecanografía será establecida cuando el Ministerio pueda proveer al Instituto de algunas máquinas de escribir.

Artículo 4La Distribución Del Pensum Estre El Personal Docente Se Hará Por El Inspector De Las Escuelas Nocturnas, De Acuerdo Con El Director

° La distribución del pensum estre el personal docente se hará por el Inspector de las Escuelas Nocturnas, de acuerdo con el Director. Tanto éste como los Profesores deberán presentar al principio del añp los programas que van a desarrollar, para su aprobación por el Ministerio.

Artículo 5Cuando El Desarrollo De Este Instituto Permita La Ampliación De Los Estudios Y Garantica La Seriedad De Ellos, Se Establecerán Los Títulos O Diplomas Correspondientes

° Cuando el desarrollo de este Instituto permita la ampliación de los estudios y garantica la seriedad de ellos, se establecerán los títulos o diplomas correspondientes.

Artículo 6Para Ingresar Al Instituto Se Necesita: A) Presentar Certificados De Buena Conducta; Y B) Someterse A Un Examen Sobre Las Materias De La Enseñanza Primaria Elemental

° Para ingresar al Instituto se necesita

a)

Presentar certificados de buena conducta; y

b)

Someterse a un examen sobre las materias de la enseñanza primaria elemental.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario del Ministerio de Instrucción y Salubridad Públicas, encargado del Despacho