El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, CONSIDERANDO que acaba de ser creado el nuevo Departamento del Chocó
Artículo 1
° Ordénase una emisión de sellos postales de los siguientes valores para conmemorar la creación del Departamento del Chocó: De $ 0.20 (veinte centavos), un millón de sellos. De $ 0.30 (treinta centavos), quinientos mil sellos. De $ 0.40 (cuarenta centavos), doscientos mil sellos.
Artículo 2
° Las especies postales de que trata serán válidas por tiempo indefinido. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Correos y Telégrafos