Micelio

decreto 700 de 1998

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el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad de celebrar en nom

en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el artículo 211 de la Constitución Política y el artículo 12 de la Ley 80 de 1993 y en desarrollo del Decreto número 1685 de 1991

Artículo 1Delégase En El Ministro De Hacienda Y Crédito Público La Facultad De Celebrar, En Nombre De La Nación, Un Contrato De Empréstito Externo Con Un Grupo De Bancos Actuando Como Agente Administrador El Chase Manhattan Bank Y Como Agente De Documentación El Societé Générale, Hasta Por La Suma De Us$300

°. Delégase en el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad de celebrar, en nombre de la Nación, un contrato de empréstito externo con un grupo de bancos actuando como Agente Administrador el Chase Manhattan Bank y como Agente de Documentación el Societé Générale, hasta por la suma de US$300.000.000 de los Estados Unidos de América.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el artículo 211 de la Constitución Política y el artículo 12 de la Ley 80 de 1993 y en desarrollo del Decreto número 1685 de 1991
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República