El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1Adscríbense Al Servicio De La Armada Nacional Las Unidades A Flote Tipo Atf Que Se Relacionan A Continuación, Adquiridas Por El Gobierno Nacional En Los Estados Unidos De América, Cuya Denominación Será La Siguiente: Ex-Usn 102 Por Rm-71-Arc "rodrigo De Bastidas" Ex-Usn 82 Por Rm-72-Arc "pedro De Heredia" Ex-Usn 104 Por Rm-73-Arc "sebastián De Belalcázar" Parágrafo
° Adscríbense al servicio de la Armada Nacional las Unidades a Flote Tipo ATF que se relacionan a continuación, adquiridas por el Gobierno Nacional en los Estados Unidos de América, cuya denominación será la siguiente: EX-USN 102 por RM-71-ARC "Rodrigo de Bastidas" EX-USN 82 por RM-72-ARC "Pedro de Heredia" EX-USN 104 por RM-73-ARC "Sebastián de Belalcázar"
Parágrafo
La clasificación, distintivos y dotaciones de las Unidades citadas, serán determinadas por el Comando de la Armada Nacional.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Comuníquese Y Cúmplase Dado En Bogotá, D
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición Comuníquese y cúmplase
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Defensa Nacional