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decreto 1 de 1998

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978 y en concordancia con la Ley 352 de 1997

Artículo 1Aprobar El Acuerdo Número 018 Del 23 De Diciembre De 1997, Emanado De La Junta Liquidadora Del Instituto De Salud De Las Fuerzas Militares En Liquidación, En Sesión Del Día 18 De Diciembre De 1997, Cuyo Texto Es El Siguiente: Ministerio De Defensa Nacional Junta Liquidadora Instituto De Salud De Las Fuerzas Militares “acuerdo Numero 018 De 1997 (Diciembre 23) Por El Cual Se Suprimen Los Cargos De La Planta Global De Personal Del Instituto De Salud De Las Fuerzas Militares En Liquidación

°. Aprobar el Acuerdo número 018 del 23 de diciembre de 1997, emanado de la Junta Liquidadora del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares en Liquidación, en sesión del día 18 de diciembre de 1997, cuyo texto es el siguiente: MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL JUNTA LIQUIDADORA INSTITUTO DE SALUD DE LAS FUERZAS MILITARES “ACUERDO NUMERO 018 DE 1997 (diciembre 23) por el cual se suprimen los cargos de la Planta Global de Personal del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares en Liquidación. La Junta Liquidadora del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares, en ejercicio de las facultades legales prevista en el artículo 57 de la Ley 352 de 1997, y CONSIDERANDO: Que la Ley 352 de 1997 en su artículo 53 ordena la supresión del Establecimiento Público Instituto de Salud de las Fuerzas Militares; Que la citada ley en su artículo 9° crea la Dirección General de Sanidad Militar, para administrar el Sistema de Salud de las Fuerzas Militares; Que el artículo 40 de la Ley 352 de 1997, ordena la organización del Hospital Militar Central como Establecimiento Público de Orden Nacional; Que como consecuencia de lo anterior es necesario suprimir los cargos de la Planta Global de Personal del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares en Liquidación, ACUERDA: Artículo 1°. Suprimir los siguientes cargos de la Planta Global de Personal del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares en Liquidación, así: Número de Cargos Denominación del cargo. Código Grado a Suprimir 1 Director General de Entidad Descentralizada 0015 23 4 Subdirector General de Entidad Descentralizada 0040 21 5 Director Territorial de Entidad Descentralizada 0042 13 2 Director de Unidad Hospitalaria 0180 19 3 Asesor 1020 10 1 Asesor 1020 04 4 Jefe de Oficina 2045 24 10 Jefe de División 2040 23 2 Profesional especializado 3010 25 180 Profesional especializado 3010 22 12 Profesional especializado MT 3010 22 21 Profesional especializado 3010 19 5 Profesional especializado MT 3010 19 9 Profesional especializado 3010 18 2 Profesional especializado MT 3010 18 149 Profesional especializado 3010 17 251 Profesional especializado 3010 16 251 Profesional especializado 3010 15 127 Profesional especializado 3010 14 162 Profesional universitario 3020 13 46 Profesional universitario 3020 12 1 Profesional universitario MT 3020 12 16 Profesional universitario 3020 11 5 Profesional universitario 3020 10 153 Profesional universitario 3020 08 7 Profesional universitario 3020 07 2 Profesional universitario 3020 05 1 Profesional universitario 3020 04 5 Analista de Sistemas 4005 16 7 Analista de sistemas 4005 15 1 Técnico operativo 4080 18 39 Técnico operativo 4080 15 3 Técnico operativo 4080 14 43 Técnico operativo 4080 13 3 Técnico operativo 4080 12 865 Técnico operativo 4080 11 24 Técnico operativo 4080 10 212 Técnico operativo 4080 09 45 Técnico operativo 4080 08 50 Técnico operativo 4080 07 2 Técnico administrativo 4065 15 10 Técnico administrativo 4065 13 14 Técnico administrativo 4065 11 3 Técnico Administrativo 4065 09 12 Operador Equipo de Sistemas 4100 08 1 Coordinador 5005 23 4 Coordinador 5005 22 14 Secretario Ejecutivo 5040 23 2 Secretario Ejecutivo 5040 18 8 Almacenista 5080 20 1 Almacenista 5080 18 17 Secretario 5140 14 242 Secretario 5140 13 17 Secretario 5140 10 2 Auxiliar Administrativo 5120 18 2 Auxiliar Administrativo 5120 16 16 Auxiliar Administrativo 5120 14 34 Auxiliar Administrativo 5120 13 223 Auxiliar Administrativo 5120 12 6 Auxiliar Administrativo 5120 10 12 Supervisor 5105 23 6 Supervisor 5105 12 156 Supervisor 5105 10 35 Conductor Mecánico 5310 13 6 Auxiliar Servicios Generales 5335 09 Artículo 2°. Suprimir ciento noventa y siete (197) cargos de trabajador oficial Grado 12, al servicio del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares en liquidación. Artículo 3°. Los cargos que se suprimen en el artículo 1° del presente acuerdo, serán creados por el Gobierno Nacional en la Planta de Salud del Ministerio de Defensa Nacional y en la Planta de Personal del Hospital Militar Central. Artículo 4°. Los servidores públicos que actualmente prestan sus servicios en el Instituto de Salud de las Fuerzas Militares en Liquidación, cuyos cargos se suprimen mediante el presente acuerdo, serán incorporados en la Planta de Salud del Ministerio de Defensa Nacional o en la Planta de Personal del Hospital Militar Central, según sea el caso. Artículo 5°. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga los Acuerdos 12 del 29 de junio de 1995, 0014B del 25 de julio de 1996, 015 del 26 de noviembre de 1997 y las demás disposiciones que le sean contrarias, para su validez requiere de la aprobación por parte del Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los... El Viceministro de Defensa Nacional y Presidente de la Junta Liquidadora I.S.F.M., (Fdo.) Federico Molina Soto. El Secretario (E.) Junta Liquidadora I.S.F.M., (Fdo. Coronel (r) Gabriel Bernal López. ”

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Los Decretos 0181 Del 24 De Enero De 1996, El 2176 Del 29 De Noviembre De 1996, El 2839 Del 26 De Noviembre De 1997 Y Las Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 0181 del 24 de enero de 1996, el 2176 del 29 de noviembre de 1996, el 2839 del 26 de noviembre de 1997 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978 y en concordancia con la Ley 352 de 1997
El Viceministro del Ministerio de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Defensa Nacional
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública