Considerando · 3 motivos
Que mediante Decreto número 3300, del 13 de noviembre de 1985, se creó el Tribunal Especial de Instrucción, encargado de investigar los delitos cometidos con ocasión de la toma violenta del Palacio de Justicia de Bogotá, durante los días 6 y 7 del mismo mes y año;
Que a este organismo se le señaló un plazo de tres (3) meses, prorrogable oficiosamente hasta por dos (2) semanas, para el cumplimiento de su cometido y el término de un (1) mes, contado a partir del vencimiento del plazo anterior, para rendir informe detallado sobre los resultados de la investigación;
Que de acuerdo con informe de los honorables Magistrados del Tribunal Especial de Instrucción, los plazos anteriores no han sido suficientes para adelantar satisfactoriamente la investigación, estando aún pendiente la práctica de pruebas indispensables para el esclarecimiento de los hechos;
Artículo 1Prorrógase Hasta El 15 De Abril, Inclusive, De 1986, El Término Señalado En El Artículo 8º Del Decreto 3300 De 1985, Para Que El Tribunal Especial De Instrucción Lleve A Cabo La Investigación De Que Tratan Los Considerandos De Este Decreto
º. Prorrógase hasta el 15 de abril, inclusive, de 1986, el término señalado en el artículo 8º del Decreto 3300 de 1985, para que el Tribunal Especial de Instrucción lleve a cabo la investigación de que tratan los considerandos de este Decreto.
Artículo 2El Término Establecido En El Artículo 9º Del Decreto 3300 De 1985, Comenzará A Correr A Partir Del 16 De Abril De 1986
º. El término establecido en el artículo 9º del Decreto 3300 de 1985, comenzará a correr a partir del 16 de abril de 1986.
Artículo 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Suspende Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y suspende las disposiciones que le sean contrarias.