Ley · OrdinariaVigente
Ley 126 de 1985
Ley 126 De 1985
Por la cual se crea una pensión vitalicia de condiciones especiales en la Rama Jurisdiccional y Ministerio Público.
9artículos
0normas que modifica
0veces modificada
1sentencia
01
Constitucionalidad
la Corte revisó 1 artículo en 1 sentencia
1Inexequible
Sentencias que la revisaron · 1
Artículos con control constitucional · 1
02
Articulado
9 artículos
03
Firmas
quiénes sancionaron la ley
Congreso de la República
- Alvaro Villegas MorenoEl Presidente del honorable Senado de la República
- Miguel Pinedo VidalEl Presidente de la honorable Cámara de Representantes
- Crispín Villazón De ArmasEl Secretario General del honorable Senado de la República
- Julio Enrique Olaya RincónEl Secretario General de la honorable Cámara de Representantes