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decreto 1550 de 2024

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Artículo 1Derogatoria

°. Derogatoria . Se deroga el Decreto número 1116 de 2017, por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas y se establecen disposiciones para la importación de vehículos eléctricos, vehículos híbridos y sistemas de carga y se restablece el gravamen arancelario definido en el artículo 1º del Decreto número 1881 de 2021, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Artículo 2Vigencia

°. Vigencia . El presente decreto entrará a regir tres (3) días comunes después de su publicación en el Diario Oficial , y se deroga el Decreto número 1116 de 2017.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas en el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo dispuesto en la Ley 7ª de 1991 y la Ley 1609 de 2013, y previa recomendación del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior conforme al Decreto número 3303 de 2006, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, (e)
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo