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decreto 010 de 2023

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política y, CONSIDERANDO: Que el presidente de la República se trasladará a la ciudad de Santiago de Chile – República de Chile, desde el día 8 hasta el 10 de enero de 2023, con el fin de realizar Visita Oficial y asistir a reuniones de Alto Nivel con el Gobierno Chileno. Que el regreso a Colombia será el 10 de enero de 2023. Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en la ley, la ministra de Tra

Considerando · 3 motivos

Que el presidente de la República se trasladará a la ciudad de Santiago de Chile – República de Chile, desde el día 8 hasta el 10 de enero de 2023, con el fin de realizar Visita Oficial y asistir a reuniones de Alto Nivel con el Gobierno Chileno.

Que el regreso a Colombia será el 10 de enero de 2023.

Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en la ley, la ministra de Trabajo está habilitada para ejercer las funciones constitucionales y legales como ministra Delegataria.

Artículo 1

Por el tiempo que dure la ausencia del presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en la ministra de Trabajo, doctora Gloria Inés Ramírez Ríos, las funciones legales y las siguientes atribuciones constitucionales:

1.

Artículo 129. 2. Artículo 138, incisos 3 y 4. 3. Artículo 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2. 4. Artículo 150 numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República. 5. Artículos 163, 165 y 166. 6. Artículos 200 y 201. 7. Artículos 213, 214 y 215. 8. Artículos 303, 304, 314 y 323.

Artículo 2

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política y