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acto_legislativo 10 de 1905

Acto Legislativo 10 De 1905

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Artículo 1

Art. 1º. Suprímese el Consejo de Estado. La ley determinará los empleados que deban cumplir los deberes y funciones señalados a esta Corporación.

Artículo 2

Art. 2º. Queda derogado el Título XIII de la Constitución Nacional.

Artículo 3

Art. 3º. Esta Ley empezará regir desde su publicación en el Diario Oficial.