Artículo 1Prórroga
°. Prórroga . Prorróguese el Decreto número 1268 de 11 de octubre de 2024, desde el 1° enero de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025.
Artículo 2
A rtículo 2°. Los empleos de carácter temporal, cuya vigencia se autoriza prorrogar mediante el presente Decreto, están destinados a cumplir las funciones que dieron lugar a su creación, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004, los artículos 2.2.1.1.1 y siguientes del Decreto Nacional 1083 de 2015 y demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 3Vigencia
°. Vigencia . El presente decreto rige a partir del 1° de enero de 2025, y modifica el artículo 1° en lo pertinente el Decreto número 1268 de 11 de octubre de 2024.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro del Interior
El Ministro de Hacienda y Crédito Público (e)
EL Director (e) del Departamento Administrativo de la Función Pública