Artículo 1Adopción De La Política Pública Y El Plan De Acción Permanente
°. Adopción de la Política Pública y el Plan de Acción Permanente . Adáptese la Política Pública y el Plan de Acción Permanente para el desmantelamiento de las conductas criminales u organizaciones, incluyendo las denominadas sucesoras del paramilitarismo y sus redes de apoyo, que atenten contra las personas defensoras de derechos humanos, integrantes de movimientos sociales o movimientos políticos, o que participen en la implementación de los Acuerdos y la construcción de la paz, cuya formulación fue aprobada mediante Acuerdo 001 de 2023 de la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad y contenido en el anexo técnico del presente decreto.
Artículo 2Responsabilidades De Las Entidades Del Gobierno Nacional En La Implementación Y Ejecución
°. Responsabilidades de las entidades del Gobierno nacional en la implementación y ejecución. Los Ministerios, Departamentos Administrativos y Unidades Administrativas Especiales del Gobierno nacional, dentro de la órbita de sus competencias constitucionales y legales, implementarán la Política Pública y el Plan de Acción Permanente de desmantelamiento de que trata este decreto, a través de los instrumentos jurídicos y de planeación que estimen pertinentes para su implementación, incluyendo sus planes estratégicos, institucionales y de acción, y sus proyectos de inversiones, y coordinarán la adopción e implementación del mismo en los sectores a su cargo.
Artículo 3Responsabilidades De Las Autoridades Y Entidades Del Estado Que Integran La Comisión Nacional De Garantías De Seguridad
°. Responsabilidades de las autoridades y entidades del Estado que integran la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad . Las autoridades y entidades públicas de las ramas del poder público que integran la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad, sin perjuicio de sus funciones y competencias correspondientes, y en virtud del artículo 113 de la Constitución Política de Colombia, colaborarán de manera armónica para la realización de los fines e implementación de la Política Pública y el Plan de Acción Permanente de desmantelamiento de que trata este decreto, a través de la adopción de los instrumentos jurídicos y de planeación que estimen pertinentes para el cumplimiento de las responsabilidades a su cargo.
Artículo 4Vigencia
°. Vigencia . Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación.